Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

Articulo Segundo.- RECOMENDAR, a la Gerencia de Asentamientos Humanos, el fiel cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo para otorgar Constancias de Posesion, por parte de esta comuna. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, area encargada de la elaboracion del MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos, verifique y/o revise la estructura de costos del procedimiento administrativo de Emision de Constancias de Posesion, a fin que se establezca el derecho de pago de acuerdo a ley de la materia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 76974-1

Exoneran de pago la Inscripcion Extemporanea de Partidas de Nacimiento durante el ano 2007 en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 017-2007-MDV Ventanilla, 15 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de junio del 2007, el Dictamen Nº 002-2007-MDV-CSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito se disponga la exoneracion de pagos por Inscripcion Extemporanea de Partidas de Nacimiento, emitiendose el Acuerdo de Concejo Nº 062-2007/MDV-CDV de fecha 25 de MORDAZA del 2007, que dispone se remita dicho pedido a la Comision de Servicios Sociales, a fin que evalue dicho pedido y emita su dictamen correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 024-2007/MDVRRCC, la Subgerencia de Registros Civiles, remite un cuadro estadistico, referente al numero de inscripciones de Partidas de Nacimiento entre los anos 2004 y 2006, pudiendo apreciarse que en el ano 2006, se inscribieron 1474 nacimientos, de los cuales 772, corresponden a inscripciones extemporaneas; Que, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, esta estipulado como derecho de pago administrativo, por concepto de Inscripcion Extemporanea, el 0.75% de la Unidad Impositiva Tributaria- UIT, equivalente a S/. 25.50; Que, el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promocion del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinacion y asociacion con los niveles del gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion"; siendo que de aprobarse la exoneracion solicitada, se estaria contribuyendo a la regularizacion en cuanto a documentacion e identificacion de los ninos y vecinos del distrito de Ventanilla, personas que en muchos casos no cuentan con los recursos para poder acceder a una Inscripcion Extemporanea de Partida de Nacimiento; Que, son atribuciones del Concejo Municipal Distrital, segun lo dispuesto en el articulo 9º inciso 9) de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, crear,

modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA EXONERACION DEL PAGO POR DERECHO DE INSCRIPCION EXTEMPORANEA DE PARTIDAS DE NACIMIENTOS Articulo Primero.- Dispongase la Exoneracion del pago por derecho de Inscripcion Extemporanea de Partidas de Nacimientos en nuestro distrito, beneficio que regira hasta el 31 de diciembre del presente ano. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Servicios Sociales y Sub Gerencia de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 76974-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de asfalto para obra Construccion Redes de Agua, Desague y Pavimentacion MORDAZA Bolognesi Mejoramiento de Vias Urbanas
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 179-2007-MPC-A. Camana, treinta de MORDAZA del ano dos mil siete Vistos; el Informe Nº 057-UA-MPC-2007, de la Unidad de Abastecimientos, para la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Bienes, Adquisicion de Asfalto RC-250, para la Obra Construccion Redes de Agua, Desague y Pavimentacion MORDAZA Bolognesi, Mejoramiento de diferentes Vias Urbanas de la Municipalidad Provincial de Camana; y, CONSIDERANDO: 1.- Que, estando el Informe de la Unidad de Abastecimientos, referente a la Adquisicion de Asfalto RC250; indicando que tratandose la Empresa PETROPERU, el unico Proveedor en la venta de bien en mencion, y por ser empresa del Estado ademas de contar con distribuidores autorizados para la venta del mismo, por ende eleva su costo significativamente, se requiere

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