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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2007 347898 Artículo Segundo.- RECOMENDAR, a la Gerencia de Asentamientos Humanos, el fi el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo para otorgar Constancias de Posesión, por parte de esta comuna. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, área encargada de la elaboración del Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos, veri fi que y/o revise la estructura de costos del procedimiento administrativo de Emisión de Constancias de Posesión, a fi n que se establezca el derecho de pago de acuerdo a ley de la materia. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 76974-1 Exoneran de pago la Inscripción Extemporánea de Partidas de Nacimiento durante el año 2007 en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL N° 017-2007-MDV Ventanilla, 15 de junio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de junio del 2007, el Dictamen Nº 002-2007-MDV-CSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Regidor Roberto Figueroa Cruz, solicito se disponga la exoneración de pagos por Inscripción Extemporánea de Partidas de Nacimiento, emitiéndose el Acuerdo de Concejo Nº 062-2007/MDV-CDV de fecha 25 de mayo del 2007, que dispone se remita dicho pedido a la Comisión de Servicios Sociales, a fi n que evalúe dicho pedido y emita su dictamen correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 024-2007/MDV- RRCC, la Subgerencia de Registros Civiles, remite un cuadro estadístico, referente al número de inscripciones de Partidas de Nacimiento entre los años 2004 y 2006, pudiendo apreciarse que en el año 2006, se inscribieron 1474 nacimientos, de los cuales 772, corresponden a inscripciones extemporáneas; Que, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, esta estipulado como derecho de pago administrativo, por concepto de Inscripción Extemporánea, el 0.75% de la Unidad Impositiva Tributaria- UIT, equivalente a S/. 25.50; Que, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles del gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población”; siendo que de aprobarse la exoneración solicitada, se estaría contribuyendo a la regularización en cuanto a documentación e identi fi cación de los niños y vecinos del distrito de Ventanilla, personas que en muchos casos no cuentan con los recursos para poder acceder a una Inscripción Extemporánea de Partida de Nacimiento; Que, son atribuciones del Concejo Municipal Distrital, según lo dispuesto en el artículo 9º inciso 9) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA EXONERACIÓN DEL PAGO POR DERECHO DE INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE PARTIDAS DE NACIMIENTOS Artículo Primero.- Dispóngase la Exoneración del pago por derecho de Inscripción Extemporánea de Partidas de Nacimientos en nuestro distrito, bene fi cio que regirá hasta el 31 de diciembre del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicios Sociales y Sub Gerencia de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente norma municipal. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 76974-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA Exoneran de proceso de selección la adquisición de asfalto para obra Construcción Redes de Agua, Desagüe y Pavimentación calle Bolognesi - Mejoramiento de Vías Urbanas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 179-2007-MPC-A. Camaná, treinta de mayo del año dos mil siete Vistos; el Informe Nº 057-UA-MPC-2007, de la Unidad de Abastecimientos, para la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación de Bienes, Adquisición de Asfalto RC-250, para la Obra Construcción Redes de Agua, Desagüe y Pavimentación calle Bolognesi, Mejoramiento de diferentes Vías Urbanas de la Municipalidad Provincial de Camaná; y, CONSIDERANDO: 1.- Que, estando el Informe de la Unidad de Abastecimientos, referente a la Adquisición de Asfalto RC- 250; indicando que tratándose la Empresa PETROPERU, el único Proveedor en la venta de bien en mención, y por ser empresa del Estado además de contar con distribuidores autorizados para la venta del mismo, por ende eleva su costo signi fi cativamente, se requiere