Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

designacion reasume funciones del grupo ocupacional y nivel de MORDAZA que le corresponda en la entidad de origen...". Asimismo el articulo 14° de la Ley establece que "el servidor de MORDAZA designado para desempenar cargo politico o de confianza tiene derecho a retornar a su grupo ocupacional y nivel de MORDAZA al concluir la designacion". Que, del analisis de los actuados se desprende que existe presunta responsabilidad de don MORDAZA MORDAZA Guardian MORDAZA, por cuanto, conforme a las normas acotadas, luego de concluir la designacion el mencionado servidor debio retornar a su plaza de origen, es decir, debio reincorporarse a la Municipalidad Distrital de Ate. Asimismo, tal designacion debio concluir al vencimiento del ejercicio presupuestal del ano 2006, cumpliendo con el MORDAZA de Anualidad establecido en el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley N° 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", asimismo el articulo 20° de la Ley N° 28112 "Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico", estableciendose que el presupuesto del Sector Publico tiene vigencia anual. Que, en tal sentido y coincidiendo con la conclusion a que han arribado los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el servidor MORDAZA MORDAZA Guardian MORDAZA, habria trasgredido lo senalado en los articulos 14° del Decreto Legislativo Nº 276 y articulo 77° de su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, encontrandose incurso en Faltas de Caracter Disciplinarias tipificadas en los incisos "a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento; y k) Las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario ..." del articulo 28° del Decreto Legislativo N° 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico", concordante con el articulo 150" de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM. En consecuencia, la decision o acuerdo adoptado se encuentra debidamente sustentado de acuerdo a Ley. Que, mediante Proveido N° 2106-2007-A/MDA el Despacho de Alcaldia indica se proyecte la Resolucion de Alcaldia correspondiente ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA, A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 163°, 166° Y 167° DEL DECRETO SUPREMO Nº 005-90-PCM, AL ARTICULO MORDAZA DEL ACUERDO DE CONCEJO N° 036 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2007, Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) DEL ARTICULO 20° DE LA NUEVA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972 SE RESUELVE Articulo 1°.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra don MORDAZA MORDAZA GUARDIAN MORDAZA, Empleado Nombrado, en la plaza N° 0067, Nivel SPD de Municipal Distrital de Ate, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- NOTIFIQUESE al servidor procesado, a traves de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, la presente Resolucion de Alcaldia para que dentro del termino de cinco (5) dias habiles presente su descargo y las pruebas que considere necesarias, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo 3°.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Ate, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones en el termino de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 77862-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Reglamentan la participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo 2008
ORDENANZA N° 123-MDCH Chorrillos, 16 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de junio del 2007; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197° y 199° de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuesto con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783, dispone en su articulo 17.1° que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate, y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos, y en la Gestion Publica; Que el articulo 53° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Decimosexta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades N°.27972, dispone que las Municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que mediante Ley N° 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y Decreto Supremo N° 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales; Que, mediante Instructivo N° 001-2007-EF/76.01 Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008 aprobado por Resolucion Directoral N°.008-2007-EF/76.01, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, ha dictado disposiciones complementarias para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2008, en concordancia con la Disposicion Final MORDAZA del Decreto Supremo N° 171-2003-EF, Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo N° 28056; Que resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones, derechos; asi como establecer el cronograma minimo para el desarrollo de las acciones del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo para el ano 2008; Que, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal, conforme a lo senalado en el articulo 9° inciso 14) de la Ley N° 27972 -Ley Organica de Municipalidades;

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