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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2007 347897 éste a través del Programa del Vaso de Leche, para lo cual es necesario el proceso de selección respectivo ciñéndose a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo; cabe precisar que por situaciones imprevisibles existe un pronto desabastecimiento de los insumos de dicho programa, para lo cual deberá preverse tal situación mediante adquisición directa, una exoneración del proceso de selección de acuerdo a Ley, concluyendo que es factible la exoneración del proceso de selección correspondiente por desabastecimiento inminente, debiendo ser previamente evaluado por el Concejo Municipal para su correspondiente aprobación, conforme a la normatividad aplicable; En mérito de las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta: ACORDÓ: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selección por desabastecimiento inminente por un plazo de 90 (noventa) días la adquisición de los insumos del Programa del Vaso de Leche consistentes en leche evaporada en bolsitarro de 410 gr. y hojuela de quinua enriquecida en bolsas de 500 gr., en tanto se suscriba el contrato del Proceso de Selección en curso. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Logística la contratación en forma directa y mediante acciones inmediatas, la adquisición de los productos señalados en el Artículo precedente de conformidad al procedimiento establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y demás normas legales emitidas para estos efectos, por el valor referencial de S/, 432,544.80 Nuevos Soles incluído IGV, fi nanciado con los recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Encargar al señor Alcalde de la Municipalidad de La Victoria realice las acciones correspondientes para determinar las responsabilidades derivadas de la presente exoneración, de conformidad al artículo 47º del Texto Único Ordenado de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como la remisión de los Informes Técnicos e Informe Legal que lo sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 77619-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENT ANILLA Exoneran de pago la emisión de Constancias de Posesión en beneficio de los Asentamientos Humanos del distrito ORDENANZA MUNICIPAL N° 016-2007-MDV Ventanilla, 15 de junio del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de junio del 2007, el Dictamen Nº 004-2007-MDV-CR; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 040-2005/MDV de fecha 18 de mayo del 2005, se adecuó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, incluyendo el procedimiento administrativo de expedición de Constancias de Posesión, estableciéndose como derecho de pago el 0.76% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/. 26.30); Que, mediante el Informe Nº 096-2007/MDV-GAH, la Gerencia de Asentamientos Humanos de esta corporación edil, solicita se disponga la exoneración de dicho pago, al amparo de lo dispuesto en el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el mismo que señala: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles del gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población”; Asimismo, dicha Gerencia, ampara su petitorio en lo dispuesto en el artículo 84º de la norma acotada, cuyo inciso 2.1 indica: “Es función especí fi ca exclusiva de las Municipalidades Distritales: Plani fi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza”; Que, con el otorgamiento de Constancias de Posesión, disponiéndose la exoneración del derecho de pago, se bene fi ciaría a los vecinos de Ventanilla, que se encuentren en extrema pobreza, promoviéndose de esta manera su formalización a través de las instituciones correspondientes, como son la Municipalidad Provincial del Callao y la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal- Cofopri; Que, son atribuciones del Concejo Municipal Distrital, según lo dispuesto en el artículo 9º inciso 9) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE DISPONE LA EXONERACIÓN DE DERECHO DE PAGO POR CONCEPTO DE EMISIÓN DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del pago por concepto de Emisión de Constancias de Posesión, en bene fi cio de los Asentamientos Humanos del distrito de Ventanilla, hasta el 31 de diciembre del 2007.