Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2007 (28/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2007

Que, la Gerencia Central de Finanzas, a traves del Memorandum Nº 381-2007-MP-FN-GECFIN/01, de fecha 25 de junio de 2007, emite opinion favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada, para la contratacion del servicio de vigilancia en la MORDAZA Nor Oriente, por Declaracion de Desabastecimiento Inminente, por un total MORDAZA de S/.477,869.73 (Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Ochocientos Sesenta y Nueve y 73/100 Nuevos Soles), con cargo al presupuesto de bienes y servicios del ano 2007; Que, mediante el Memorandum Nº 596-2007-MPFN-GECLOG, de fecha 22 de junio de 2007, la Gerencia Central de Logistica manifiesta que el comite Especial designado por la Resolucion de la Gerencia General Nº 295-2007-MP-FN-GG, de fecha 1 de junio de 2007, ha efectuado la convocatoria del MORDAZA de seleccion pertinente, el mismo que tiene como fecha de otorgamiento de la Buena Pro el 2 de agosto de 2007, por lo que otorga su conformidad a la declaracion del mencionado servicio en situacion de desabastecimiento inminente, servicio que tiene la calidad de esencial para el desarrollo normal de las funciones del Ministerio Publico, cuya falta pondria en riesgo su continuidad; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 542-2007-MP-FN-OAJ, senala que la situacion factica presentada corresponde a la procedencia de una Declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente del referido servicio, prevista por el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y por el articulo 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, debido a que el Contrato Nº 04-2007EXO-MP-FN-GECLOG vence el 1 de MORDAZA de 2007, habiendose presentado hechos de fuerza mayor que tienen incidencia en la secuela del tramite del MORDAZA de seleccion pertinente, los mismos que consisten en que las gestiones de modificaciones y conformidades presupuestales han requerido de tramites adicionales para la atencion de un mayor numero de Fiscalias, produciendose retrasos involuntarios e inevitables, los cuales se evidencian con la circunstancia de que el Comite Especial designado por la Resolucion de la Gerencia General Nº 295-2007-MP-FN-GG, de fecha 1 de junio de 2007, ha efectuado la convocatoria del MORDAZA de seleccion pertinente en fecha reciente, estimandose como fecha de otorgamiento de la Buena Pro el 2 de agosto de 2007, apreciandose, por otra parte, que el servicio en mencion tiene el caracter de esencial para el desarrollo normal de las funciones del Ministerio Publico, constando en el Informe Nº 2602007-MP-FN-GECLOG-GESER, que se ha previsto la contratacion de los servicios mencionados, solo por el tiempo y cantidad necesarios para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, para la contratacion y adquisicion definitiva; Que, la situacion objetiva que origina el presente tramite administrativo, es distinta a las que sustentaran el primer y MORDAZA desabastecimiento inminente declarados por las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nº 1607-2006-MP-FN y Nº 371-2007-MPFN, por lo que teniendose presente lo senalado en las conclusiones de la Opinion Nº 073-2005/GTN de la Gerencia Tecnico Normativa del CONSUCODE, de fecha 27 de junio de 2005, no se esta ante el supuesto hipotetico citado en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, asimismo, la Oficina de Asesoria Juridica, concluye que, de la revision de los actuados, aparecen hechos que pudieran configurar presunta infraccion o falta administrativa, por parte de algunos funcionarios a cargo del caso, por lo que corresponde disponer el inicio de las acciones concernientes al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme se encuentra previsto en el articulo 21º, MORDAZA acapite, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logistica, de la Gerencia Central de Finanzas y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los articulos 141º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE;

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, por tercera vez, la contratacion del Servicio de Vigilancia en la MORDAZA Nor Oriente para el Ministerio Publico, por un periodo MORDAZA de 90 dias, contados a partir del 2 de MORDAZA de 2007, pudiendo reducirse dicho periodo en el momento en que se suscriba el MORDAZA contrato de servicios, como consecuencia del MORDAZA de adquisicion que se tramita, fijandose un monto contractual MORDAZA de hasta S/.477,869.73 (Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Ochocientos Sesenta y Nueve y 73/100 Nuevos Soles), egreso que se afectara con cargo al presupuesto de bienes y servicios del ano 2007, Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logistica de la realizacion del MORDAZA de seleccion correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar la contratacion del Servicio de Vigilancia en la MORDAZA Nor Oriente, mediante una accion inmediata, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones minimas requeridas en las Bases, dejando MORDAZA que si MORDAZA del plazo de 90 dias, se logra suscribir el MORDAZA contrato de servicio, la situacion de Desabastecimiento inminente concluira en dicha oportunidad. Articulo Tercero.- Disponer que el Organo de Control Institucional realice un Examen Especial para el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 21º, MORDAZA parrafo y 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer se efectue la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, y asimismo se remita a la Contraloria General de la Republica y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, MORDAZA de la misma, asi como de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logistica, Finanzas, Organo de Control Institucional y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

78484-1

Excluyen determinados casos de la competencia material de las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas de MORDAZA y Callao que seran de conocimiento de las Fiscalias Provinciales Penales o Mixtas correspondientes
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 705 -2007-MP-FN
MORDAZA, 27 de junio de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, debido al incremento en la carga laboral, es necesario reorientar el esfuerzo de las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas de MORDAZA y Callao a fin de optimizar la labor del Ministerio Publico en la lucha contra el trafico ilicito de drogas, excluyendo de su competencia los casos de trafico en menor escala que si bien de acuerdo a la tipicidad legal exceden los alcances del articulo 298 del Codigo Penal, comparten finalmente el mismo perfil o modalidad. De esta manera, se busca enfocar su trabajo hacia los casos de trafico

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