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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (28/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2007 348024 SOLES (S/. 6’934,696.00) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario O fi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 072-2007-EF, hasta por el monto de SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 83/100 NUEVOS SOLES (S/. 6’934,695.83), para la ejecución de las actividades señaladas en el Anexo Nº 1 adjunto; Con la visación de las O fi cinas de Asesoría Jurídica, Plani fi cación y Presupuesto y Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28929 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Directiva Nº 001-2007-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se re fi ere la Quinta Disposición Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, Ley Nº 28929”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 008-2007-EF/15 y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modi fi cado por Decretos Supremos Nºs 005-2003- PCM y 095-2005-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 072-2007-EF, hasta por un monto de SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 83/100 NUEVOS SOLES (S/. 6’934,695.83), para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo Nº 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La O fi cina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para el control, seguimiento y monitoreo de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario O fi cial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Plani fi cación y Presupuesto y Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil ANEXO Nº 1 PROGRAMA DE REHABILITACIÓN 2007 - MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL RELACIÓN DE ACTIVIDADES APROBADAS POR EL INDECI INSTITUCION PRONAA MONTO APROBADO PARA LA REGION (Nuevos Soles S/.) 6.934.696SESION ACTIVIDADES N° Nombre de la ActividadUbicación Características Población Bene fi ciadaObservaciones Provincia Distrito LocalidadMeta FísicaPlazo díasMonto (Nuevos Soles S/.) Sector 1 Atencion de damni fi cados por desastre natural - Bajas temperaturas (heladas, granizadas y veranillo) - PUNOMultiprovincial Multidistrital 45.000 60 1.779.840,00 MDS 45.000 Atender con canastas alimenticias a 45,000 pobladores de la Región Puno. 2 Atencion de damni fi cados por desastre natural - Bajas temperaturas (heladas, granizadas y veranillo) - APURIMACMultiprovincial Multidistrital 35.645 60 1.444.526,10 MDS 35.645 Atender con canastas alimenticias a 35,645 pobladores de la Región Apurimac. 3 Atencion de damni fi cados por desastre natural - Bajas temperaturas (heladas, granizadas y veranillo) - AYACUCHOMultiprovincial Multidistrital 32.252 60 1.246.231,79 MDS 32.252 Atender con canastas alimenticias a 32,252 pobladores de la Región Ayacucho. 4 Atencion de damni fi cados por desastre natural - Bajas temperaturas (heladas, granizadas y veranillo) - JUNINMultiprovincial Multidistrital 22.785 60 869.547,94 MDS 22.785 Atender con canastas alimenticias a 22,785 pobladores de la Región Junín. 5 Atencion de damni fi cados por desastre natural - Bajas temperaturas (heladas, granizadas y veranillo) - HUANCAVELICAMultiprovincial Multidistrital 41.102 60 1.594.550,00 MDS 41.102 Atender con canastas alimenticias a 41,102 pobladores de la Región Huancavelica. 6.934.695,83 77884-2