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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (28/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2007 348022 Logística considera necesaria la contratación del servicio de mantenimiento y soporte del appliance de seguridad SONICWALL PRO 2040 por tratarse de una solución de protección de la red, tanto a nivel de hardware (appliances) como a nivel software, que ha permitido afrontar con éxito cualquier intento de ataque a nuestra red; Que, en tal sentido, la Dirección Nacional de Logística considera necesario la emisión del Informe Legal respectivo y la Resolución Jefatural que autorice la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del equipo appliance marca SONICWALL modelo PRO 2040, el cual permitirá las actualizaciones del producto, el soporte técnico y el reemplazo del equipo en caso de fallas, por la modalidad de exoneración considerando un monto de S/. 18,475.00 por el período de un año; Que, el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en concordancia con el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2001-PCM, y sus modi fi catorias, señala que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado, la entidad podrá contratar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, conforme indica el Informe Nº 020-2007/8.1.3 y Memorando Nº 491-2007-INDECI/OET, ambos de fecha 30.MAY.2007 expedido por la O fi cina de Estadística y Telemática, la empresa VILSOL S.A.C. es la única proveedora, representante y distribuidora en el Perú y está debidamente autorizada para comercializar, brindar soporte y capacitación, sobre todos los productos marca SONICWALL lo cual se evidencia en la Certi fi cación s/n de fecha 13.FEB.07 emitida por la empresa SONICWALL, Inc. Por lo tanto, es procedente que se exonere del proceso de selección regular la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del software SONICWALL por tratarse de servicios que no admiten sustitutos y existir proveedor único, en aplicación de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM y normas modi fi catorias; Que, según el artículo 148º del Reglamento en mención, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un sólo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Agrega dicha norma legal, que la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Indica además la norma, que la adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual podrá ser modi fi cado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas institucionales. Asimismo, cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección y se modi fi que la cantidad prevista de bienes, servicios y obras en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. La aprobación y difusión de las modi fi caciones se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del indicado Reglamento, vía Resolución del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, en consecuencia, en aplicación de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI del Año Fiscal 2007, que cuenta con la opinión favorable de disponibilidad presupuestaria, emitida por la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto, según el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00227-2007, de fecha 08.JUN.2007, a fi n de incluir la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del software en mención, conforme a lo solicitado por la Dirección Nacional de Logística; Que, de conformidad con los Informes Técnico y Legal de vistos de la Dirección Nacional de Logística y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente según el Informe de Disponibilidad Presupuestaria Nº 00227-2007, del 08.JUN.2007 de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el resolutivo corres- pondiente; De conformidad en el inciso c) del artículo 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y 144º, 146 al 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, y sus normas modi fi catorias y ampliatorias, en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y con la visación de Sub Jefatura, la Dirección Nacional de Logística, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del Instituto Nacional de Defensa Civil para el Año Fiscal 2007, según Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de un (1) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- APROBAR la contratación por exoneración por causal de servicios que no admiten sustitutos del servicio de soporte técnico y mantenimiento del appliance marca SONICW ALL modelo PRO 2040, contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00227- 2007, de fecha 8. JUN.2007, y por la fuente de fi nanciamiento 00 Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días de emitida la presente Resolución. Artículo Cuarto .- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística se encargue de la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento del appliance marca SONICWALL modelo PRO 2040, mediante acciones directas, ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y se encargue de su publicación a través del Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y noti fi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Administración, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la O fi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil