Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2007 (05/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

341056

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2007

PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de seguridad y vigilancia de predio de propiedad del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-2007-MTC/10 MORDAZA, 1 de marzo de 2007 VISTO: Los Informes N°s. 045-2007-MTC/10.02, 055-2007MTC/10.02 y 065-2007-MTC/10.02 de la Direccion de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion y el Informe N° 169-2007-MTC/08 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para el terreno de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante MTC), ubicado en Avenida MORDAZA Gambetta Km. 4.7, y que forma parte del ex Fundo MORDAZA, distrito y provincia del Callao (en adelante EL PREDIO); CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27329 se declaro de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes alAeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, entre los cuales se encuentra EL PREDIO; correspondiendo al MTC ser el sujeto activo de la expropiacion y con ello iniciar los tramites correspondientes; Que, EL PREDIO, constituido por un terreno principal no ribereno al mar con un area de 251 996,34 m2 inscrito en el Asiento 10, foja 8 del tomo 178 que continua en la Ficha Nº 58214 del Registro de Propiedad Inmueble del Callao, el mismo que cuenta con construcciones industriales, almacenes, talleres, oficinas, areas verdes; fue transferido junto con los demas terrenos que conforman el ex Fundo MORDAZA, distrito y provincia del Callao, por la empresa Fertilizantes Sinteticos S.A - FERTISA en Liquidacion a favor del MTC mediante el Contrato de Compra Venta y Constitucion de Usufructo y Servidumbre del 18 de MORDAZA de 1999, inscrito en la Partida Registral Nº 70087820 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, con Resolucion Ministerial Nº 292-2000MTC/15.01, se aprobo el contrato de arrendamiento a celebrarse entre el MTC y la empresa Nitratos S.A. respecto de los inmuebles MORDAZA citados, procediendo a suscribirse el contrato respectivo el 5 de MORDAZA del 2000, estableciendo en la Clausula Octava que la empresa NITRATOS S.A. asumia la responsabilidad de evitar cualquier afectacion a los inmuebles por parte de terceros durante la vigencia del contrato; Que, mediante Carta N° NIT-GL-023-06 del 22 de diciembre de 2006, la empresa Nitratos S.R.L. en Liquidacion, informo que estaban concluyendo el MORDAZA de liquidacion en lo concerniente al desmantelamiento de la planta industrial y a la venta de los activos, estando en condiciones de hacer entrega del local de la Avenida MORDAZA Gambetta Km. 4.7, Callao, el 29 de diciembre de 2006; sin embargo, con Carta Nº NIT-GL-028-07 del 25 de enero de 2007, se fijo como nueva fecha de entrega el dia 29 de enero de 2007, precisando que debido a la existencia de puntos criticos de seguridad se haran las coordinaciones del caso para que el relevo de agentes contratados por la empresa Nitratos con los agentes del MTC, sea adecuado y en condiciones que no impliquen riesgo para el inmueble; Que, mediante Memorando Nº 380-2006-MTC/10.5 del 27 de diciembre de 2006, la Directora de Patrimonio de

la Oficina General de Administracion solicito se disponga a la brevedad posible la implementacion de puestos de seguridad para la debida custodia del predio a ser entregado por la empresa Nitratos S.R.L. en Liquidacion; Que, con Informe N° 008-2007-MTC/10.02.04.SEG del 25 de enero de 2007, el Jefe de Seguridad del MTC comunico que el predio a ser entregado por la Empresa Nitratos S.R.L. en Liquidacion cuenta con 250,000 m², tiene 3 puertas de acceso y 5 torreones de vigilancia por lo que se hace necesario contar con el siguiente personal de seguridad: (i) 10 agentes de seguridad en el turno dia, (ii) 10 Agentes de Seguridad en el turno noche, (iii) 01 Supervisor en el turno dia y (iv) 01 Supervisor en el turno noche; Que, mediante Acta de fecha 2 de febrero de 2007, la empresa Nitratos S.R.L en Liquidacion hizo entrega al MTC de EL PREDIO, previa verificacion de las instalaciones, construcciones, almacenes, entre otros; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe N° 0452007-MTC/10.02, el Director de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, senala que el servicio de vigilancia constituye una obligacion principal y esencial a cubrir por parte del MTC, pues significa una garantia de seguridad para su patrimonio, por lo que prescindir del resguardo que brinda este servicio seria altamente riesgoso y perjudicial, lo que configura una situacion de urgencia prevista por la Ley, siendo su continuidad y oportuna prestacion una responsabilidad intransferible para el MTC; Que, asimismo, agrega que el servicio de seguridad y vigilancia de EL PREDIO constituye una necesidad que de no ser atendida conllevaria a que se encuentre desprovisto del servicio basico y esencial de seguridad y vigilancia, siendo necesario se contrate tales servicios en tanto se realice el MORDAZA de seleccion para el servicio de seguridad y vigilancia que se convoque oportunamente; Que, a traves de los Informe Nºs. 055-2007-MTC/10.02 y Nº 065-2007-MTC/10.02, el Director de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion informa que si bien el MTC tiene pendiente un MORDAZA arbitral con la empresa Nitratos S.R.L. en Liquidacion que involucra a EL PREDIO, a fin de hacer efectivo el pago por concepto de tributos y arbitrios municipales adeudados asi como el desalojo del mismo, la situacion de desabastecimiento que origina la solicitud de exoneracion recae en el hecho imprevisible representado por la entrega inminente de EL PREDIO por parte de la empresa Nitratos S.R.L. en Liquidacion en el mes de febrero de 2007, habida cuenta que respecto del MORDAZA arbitral contra Nitratos S.RL en Liquidacion, dada la naturaleza y tiempos del mismo, no se tenia certeza de la fecha de su culminacion, lo cual no permitia que se convoque un MORDAZA de seleccion a efectos de cubrir el servicio de vigilancia de EL PREDIO; Que, segun lo manifestado por el Director de Abastecimiento mediante el Informe Nº 045-2007MTC/10.02, resulta conveniente contratar el servicio de seguridad y vigilancia para EL PREDIO por un periodo de cuatro (04) meses, plazo que demandaria convocar un MORDAZA de seleccion de conformidad con el ordenamiento legal, o hasta la suscripcion del contrato que se derive de dicho MORDAZA, lo que ocurra primero; a tal efecto, el contrato que se suscriba en virtud de la exoneracion contendra una clausula de vigencia en la cual se precisara que el mismo concluira de manera indefectible el dia en que entre en vigencia el MORDAZA contrato con el ganador de la Buena Pro; Que, de igual manera, indica que la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia para EL PREDIO por cuatro (04) meses equivale a un monto ascendente a S/. 193,938.04 (Ciento noventa y tres mil novecientos treinta y ocho y 04/100 Nuevos Soles); Que, la Direccion de Administracion Presupuestal de la Oficina General de Administracion mediante Memorandum Nº 057-2007-MTC/10.01 del 30 de enero de 2007, comunica que en el Presupuesto Institucional Modificado 2007, de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General se cuenta con disponibilidad presupuestal para la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad de las instalaciones del inmueble de la Avenida MORDAZA Gambetta Km. 4.7, hasta por la suma de S/. 581,814.12 (Quinientos ochenta y un mil ochocientos catorce y 12/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo al inciso c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.