Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2007 (05/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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DICE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2007

Anexo 1 CRONOGRAMA DESDE LA SOLICITUD DE DESIGNACION DE AUDITORIA FINANCIERA Ejecucion (...) Esta etapa debe efecturase en un plazo sugerido de 50% del periodo de la auditoria Informes (...) Esta etapa debe efecturase en un plazo sugerido de 20% del periodo de la auditoria. DEBE DECIR:

Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520; y de conformidad con el articulo 7º y el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 0392006/DP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Area de la Oficina de Gestion de Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de empleo que se tengan previstas colocar a concurso en la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese.

Anexo 1 CRONOGRAMA DESDE LA SOLICITUD DE DESIGNACION DE AUDITORIA FINANCIERA Ejecucion (...) Esta etapa debe efectuarse en un plazo sugerido de 50% del periodo de la auditoria Informes (...) Esta etapa debe efectuarse en un plazo sugerido de 20% del periodo de la auditoria. 32739-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 32347-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 089-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 15 de febrero de 2007

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Designan funcionario responsable de remitir al Programa "Red Cil Proempleo" las ofertas de empleo que se tengan previstas colocar a concurso
RESOLUCION DEFENSORIAL N° 012-2007/DP MORDAZA, 2 de marzo de 2007 VISTO: El Memorando Nº 0117-2007-DP/OGRH mediante el cual la Oficina de Gestion de Recursos Humanos solicita que se designe al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, Ley Nº 27736, dispone que el Instituto de Radio y Television del Peru, mediante Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7, programen los avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajos publicos y privados y, asimismo, dispone que el Poder Ejecutivo reglamentara la referida ley; Que, la precitada ley ha sido reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; Que, estando a lo establecido en el articulo 2º del precitado Reglamento, los organismos publicos se encuentran obligados a remitir al Programa "Red Cil Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que hayan previsto concursar, a excepcion de los puestos clasificados como de confianza, conforme a las reglas de la normatividad laboral publica vigente; Que, asimismo, el ultimo parrafo del citado articulo dispone que todos los organismos publicos deberan designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante resolucion del titular de la entidad; Con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos, de Administracion y Finanzas y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de la

VISTOS: El Oficio No. 152-2007/GPR/RENIEC, y el Informe Nº 160-2007-GAJ/RENIEC, de fecha 02 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Informe Nº 4684-2006/ HYC/SGDAR/GP/RENIEC, se ha determinado que los ciudadanos de nacionalidad china XIONG YANG GAO y MORDAZA MORDAZA TIAN, bajo los nombres de JACKY KAO FAN MORDAZA y MORDAZA FEI PI MORDAZA, obtuvieron indebidamente las Inscripciones Nos. 44970367 y 44971573 respectivamente, en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; presentando en ambos casos, como sustento de su pretension MORDAZA certificada de las Partidas de Nacimientos No. 87 y 91, expedidas presuntamente por la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, Provincia de Barranca, Departamento de Lima; y la declaracion jurada de dos testigos en cada caso; Que, mediante Oficio No. 124-2006-OREC-MDSP, de fecha 07 de junio del 2006, el Jefe (e) del Registro Civil que funciona en dicha comuna, informa que dichas partidas no existen en su registro de nacimientos; que, los sellos y firmas en las mismas son falsificadas; Que, mediante Oficio No. 665 F-4 a/27.02.12, de la Direccion de Movilizacion del Ejercito; informa que, no se encuentran registradas en su base de datos las inscripciones de los ciudadanos JACKY KAO FAN MORDAZA y MORDAZA FEI PI VENTURA; Que, se ha determinado mediante el Oficio Nº 18122006-IN-1601/COAS de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; que, los ciudadanos chinos XIONG YANG GAO y MORDAZA MORDAZA TIAN, son las personas que indebidamente obtuvieron el Documento Nacional de Identidad bajo los nombres de JACKY KAO FAN MORDAZA y MORDAZA FEI PI VENTURA;

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