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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de marzo de 2007 341058 medidas rápidas para contratar lo indispensable, por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario, para paliar dicha urgencia, sin que ello implique eximir a la Entidad de la obligación de realizar los procesos de selección que correspondan. La facultad que se obtiene de la situación de desabastecimiento inminente es delimitada, derivada de su carácter de ser una causal de coyuntura, habilitando la contratación directa de servicios por el tiempo o cantidad que sea imprescindible para poder llevar a cabo el proceso de selección que correspondiere. En virtud de ello, la Dirección de Administración de la Ofi cina General de Administración mediante el Informe N° 045-2007-MTC/10.02 considera urgente la contratación del servicio de seguridad y vigilancia por un plazo de cuatro (04) meses, tiempo que se estima, para la suscripción del contrato con el ganador de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública que se lleve a cabo para contratar el servicio de vigilancia y seguridad para LOS PREDIOS. Asimismo, señala que dicho contrato contendrá una cláusula de vigencia en el cual se precisará que el mismo concluirá de manera indefectible el día que entre en vigencia el contrato con el postor ganador de la Buena Pro. Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 148° de EL REGLAMENTO, las adquisiciones o contrataciones se realizarán en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, según se desprende de los Informes N°s. 045- 2007-MTC/10.02, 055-2007-MTC/10.02 y 065-2007-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, queda acreditada la ausencia inminente del servicio de seguridad y vigilancia de EL PREDIO, para lo cual resulta imprescindible la contratación directa de dicho servicio por el período de cuatro (04) meses, tiempo estimado para la culminación del proceso de selección correspondiente hasta por la suma de S/. 193,938.04 (Ciento noventa y tres mil novecientos treinta y ocho y 04/100 Nuevos Soles) cuyo fi nanciamiento se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Administración Presupuestal mediante Memorandum Nº 057-2007-MTC/10.01; Con el informe favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Secretarial N° 003-2007- MTC/10 y sus modi fi catorias, la Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para el predio que se encuentra identi fi cado en la parte considerativa de la presente resolución, de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ubicado en Avenida Néstor Gambetta Km. 4.7, que forma parte del ex Fundo Bocanegra, distrito y provincia del Callao. Artículo 2°.- Declarar en situación de desabaste- cimiento inminente la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para el predio de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ubicado en Avenida Néstor Gambetta Km. 4.7 y que forma parte del ex Fundo Bocanegra, distrito y provincia del Callao, hasta el monto de S/. 193,938.04 (Ciento noventa y tres mil novecientos treinta y ocho y 04/100 Nuevos Soles), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3°.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección que se re fi ere el artículo 1º de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Artículo 4º.- Autorizar a la O fi cina General de Adminis- tración la contratación a que se re fi ere el Artículo 1° de la presente Resolución mediante acciones inmediatas de conformidad con lo establecido en el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Artículo 5°.- La contratación a que se re fi ere el Artículo 1° de la presente Resolución se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General por el plazo de cuatro (04) meses contado a partir de la suscripción del contrato o hasta que entre en vigencia el contrato con el ganador de la Buena Pro del proceso de selección que se convoque para el cubrir de manera regular el servicio de seguridad y vigilancia del predio de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ubicado en Avenida Néstor Gambetta Km. 4.7 y que forma parte del ex Fundo Bocanegra, distrito y provincia del Callao, lo que ocurra primero. Artículo 6°.- Disponer que se incluya en el contrato que se celebre como consecuencia de la presente autorización, una cláusula de resolución automática, que se ejecutará a la sola comunicación de la Entidad una vez que se encuentre consentido el otorgamiento de la Buena Pro del proceso de selección que se lleve a cabo para la prestación el servicio de seguridad y vigilancia del predio de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ubicado en Avenida Néstor Gambetta Km. 4.7 y que forma parte del ex Fundo Bocanegra, distrito y provincia del Callao durante el 2007, si éste se realiza antes de su vencimiento. Artículo 7°.- La presente Resolución, así como los Informes N°s. 045-2007-MTC/10.02, 055-2007-MTC/10.02, 065-2007-MTC/10.02 y 169-2007-MTC/08, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 8°.- Remitir copia de la presente resolución así como los antecedentes respectivos, a la O fi cina General de Auditoría Interna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para los fi nes pertinentes. Artículo 9°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial deberá publicarse también a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 32679-1 ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan que requisito de presentación del grado académico de bachiller para acceder a estudios de posgrado, comprende a los oficiales del Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN N° 041-2007-ANR Lima, 26 de enero de 2007