Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2007 (05/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341059

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que algunas universidades publicas y privadas del MORDAZA que cuentan con Escuela de Posgrado, vienen confiriendo MORDAZA academicos de maestria a los oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA, Fuerza Aerea y de la Policia Nacional del Peru, amparandose en las respectivas Leyes Organicas que disponen, que los oficiales "son profesionales de nivel universitario con titulo otorgado a nombre de la Nacion"; Que la Ley Universitaria N° 23733 en su articulo 18°, dispone que para tener acceso a los estudios de posgrado, se necesita poseer el grado academico de bachiller, o titulo profesional, si aquel no existe en la especialidad. Esta MORDAZA situacion no se da en las universidades del MORDAZA, por cuanto todas las especialidades conducen a la obtencion previa del grado de bachiller para acceder al titulo profesional; Que ante la vigencia de la Ley de Sistema de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa N° 28740, es de MORDAZA importancia la necesidad de que las instituciones formadoras de profesionales civiles y militares se cinan a lo establecido por las respectivas leyes, MORDAZA si la Ley Organica de la Policia Nacional del Peru N° 27238 y la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas N° 28359, facultan a sus respectivas Escuelas de Oficiales a conferir el grado academico de bachiller. A partir de la vigencia de estas normas, constituye una obligacion incuestionable la MORDAZA del respectivo grado academico de bachiller por los oficiales postulantes a los estudios de posgrado que ofrecen las universidades que cuentan con Escuelas de Posgrado, exigencia que las universidades aplicaran en sus respectivos reglamentos a partir del concurso de admision 2008-I, continuandose con la inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la

ANR, los MORDAZA de maestria conferidos a los oficiales admitidos hasta el 2007-II; Estando al Informe N° 006-2007-DGDAC de la Direccion General de Desarrollo Academico; y En uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, de conformidad con la Ley Universitaria y en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 18° de la Ley Universitaria N° 23733, constituye un requisito la MORDAZA del grado academico de bachiller para acceder a estudios de posgrado; obligacion que comprende a los oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA, Fuerza Aerea y de la Policia Nacional del Peru. Articulo Segundo.- El Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, continuara con la inscripcion de los MORDAZA de maestria conferidos por las universidades publicas y privadas a los oficiales admitidos hasta el 2007-II. Articulo Tercero.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 32471-1

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