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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2007 (05/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de marzo de 2007 341069 del Ejercicio 2007, vence el último día hábil del mes de febrero del año en curso; Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Final de las normas esbozadas precedentemente, se ha establecido reconocer a los contribuyentes que no tengan deudas al 31 de diciembre del 2006 un descuento del 15% como incentivo por el pago puntual y adelantado de las cuatro cuotas de los Arbitrios por predio, siempre que el abono se realice dentro del plazo de pago para la primera cuota del referido tributo; Que, la Primera Disposición Final faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la norma legal en comento; Que, en ese orden de ideas se hace necesario establecer una prórroga para el pago anual o de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera cuota de los Arbitrios, con elfi n de brindar facilidades a los contribuyentes del distrito a cumplir con sus obligaciones tributarias. De igual manera y debido a que múltiples contribuyentes incentivados por contar el descuento del 15% por el pago puntual y adelantado de los Arbitrios del Ejercicio 2007, hicieron un gran esfuerzo por cumplir con sus obligaciones tributarias de los ejercicios anteriores dentro del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB, la misma que fue prorrogada hasta el 19 de enero de 2007 mediante el Decreto de Alcaldía Nº 019-2006-MSB-A, siendo necesario reconocer el descuento del 15% para quienes hayan cancelado la totalidad de sus tributos adeudos dentro del plazo de vigencia de la norma en referencia; y,Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica, y conforme a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero .- Prorrogar el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio Fiscal – 2007 hasta el 16 de marzo del año en curso. Artículo Segundo .- Reconocer el descuento del 15% por el pago puntual y adelantado de las cuatro cuotas de los Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2007 establecido en la Ordenanza Nº 382-MSB modi fi cada por la Ordenanza Nº 384-MSB, a aquellos contribuyentes que no tengan deudas tributarias al 19 de enero de 2007. Artículo Tercero .- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática, Gerencia de Administración y Finanzas y sus Jefaturas dependientes de las mismas, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 32346-1 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERÍA Proyecto de Resolución que fija los Precios en Barra aplicables al período comprendido entre el 1° de mayo de 2007 y el 30 de abril de 2008 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N ° 073-2007-OS/CD Lima, 1 de marzo de 2007CONSIDERANDO: Que, conforme se dispone en el literal g) del Anexo A del “Procedimiento para Fijación de Tarifas en Barra”, que forma parte de la norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobada por el Consejo Directivo del OSINERGMIN, mediante Resolución OSINERG N° 0001-2003-OS/CD y sus modi fi catorias, el proyecto de resolución que fi ja las Tarifas en Barra, así como la relación de la información (informes, estudios, dictámenes o modelos económicos) que la sustenta, con excepción de la información clasi fi cada previamente como con fi dencial mediante resolución del OSINERGMIN, deberá prepublicarse en el Diario O fi cial El Peruano y en la página Web, con un plazo no menor a 15 días hábiles anteriores a la publicación de la Resolución de Tarifas en Barra; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27838 y a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y De conformidad con lo informado por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria con el Informe N° 0049-2007-GART; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dispóngase la prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolución que fi ja los Precios en Barra aplicables al período comprendido entre el 1° de mayo de 2007 y el 30 de abril de 2008, documento que fi gura como Anexo 2 de la presente resolución. Los informes N° 0053-2007-GART y N° 0054-2007-GART que sustentan la prepublicación de los Precios en Barra deberán ser publicados en la señalada página Web. Artículo 2°.- Publíquese la relación de información que se acompaña como Anexo 1 de la presente resolución. Artículo 3 °.- De fi nir un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de la prepublicación a que se refi ere el Artículo precedente, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) del OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 224 0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: fi tamay2007@osinerg.gob.pe. Artículo 4 °.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de resolución a que se re fi ere el Artículo 1° de la presente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LA RESOLUCIÓN DE FIJACIÓN DE LOS PRECIOS EN BARRA 1. Informe N° 0053-2007-GART “Informe para la Prepublicación de los Precios en Barra (Período Mayo 2007 - Abril 2008)”