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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de marzo de 2007 341464 Artículo Sexto.- ENCARGAR a la OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA, SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, SUBGERENCIA DE DESARROLLO URBANO y DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DEL RIESGO CIUDADANO, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ORDENAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 35780-2 Aprueban condonación parcial de multas administrativas emitidas por la Dirección de Licencias y Control de Normas Municipales ORDENANZA Nº 264-CDLO Los Olivos, 6 de marzo de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 004-2007-MDLO/CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV - Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple con la función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, siendo nuestro propósito recuperar los adeudos pendientes, brindando a los deudores, mayores facilidades afi n de que cumplan con regularizar sus obligaciones y estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 264-CDLO QUE APRUEBA LA CONDONACIÓN PARCIAL DE MULTAS ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS Y CONTROL DE NORMAS MUNICIPALES Artículo Primero.- DISPONER, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de mayo del presente año, la CONDONACIÓN del 50% del valor insoluto de las Multas Administrativas, inclusive para aquellas que se encuentren en etapa de cali fi cación. Aclarar que para acogerse al presente Bene fi cio, el contribuyente infractor deberá primero desistirse de cualquier reclamo planteado. Artículo Segundo.- PRECISAR, que este bene fi cio es sólo para las Obligaciones Administrativas generadas por la DIRECCIÓN DE LICENCIAS Y CONTROL DE NORMAS MUNICIPALES. Artículo Tercero.- SUSPENDER, por todo el tiempo que dure el bene fi cio el cobro de los Gastos de las Multas Administrativas que se encuentren en la O fi cina de Ejecutoría Coactiva, debiendo pagar las Costas Procesales de acuerdo al Arancel fi jado por esta Municipalidad. Artículo Cuarto.- PRECISAR, que la presente Ordenanza no es de aplicación a los infractores sancionados con multas según lo dispuesto en la Ordenanza Nº 259-CDLO. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE, a la O fi cina de Ejecutoría Coactiva, a la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria y a la Dirección de Licencias y Control de Normas Municipales el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, a la Secretaría General su publicación y a la O fi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 35777-1 Aprueban condonación de gastos y costas procesales por pago de deudas administrativas provenientes de la Subgerencia de Desarrollo Urbano ORDENANZA Nº 265-CDLO Los Olivos, 6 de marzo de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 005-2007-MDLO/CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su Jurisdicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV - Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple con la función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, siendo nuestro propósito recuperar los adeudos pendientes, brindando a los deudores, mayores facilidades afi n de que cumplan con regularizar sus obligaciones y estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 265-CDLO QUE APRUEBA LA CONDONACIÓN DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES POR PAGO DE LAS DEUDAS ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES DE LA SUBGERENCIA DE DESARROLLO URBANO Artículo Primero.- ESTABLECER, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, hasta el 31 de mayo del presente año, la CONDONACIÓN DE LOS GASTOS Y COSTAS PROCESALES de las deudas administrativas provenientes de la SUBGERENCIA DE DESARROLLO URBANO que se encuentren en cobranza coactiva. Artículo Segundo.- PRECISAR, que para acogerse al presente Bene fi cio el contribuyente infractor deberá primero desistirse de cualquier reclamo planteado.