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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2007 (13/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de marzo de 2007 341466 Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRÓRROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO PARA PAGO AL CONTADO O DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL HASTA EL 15 DE MARZO DEL 2007 Artículo Primero.- Establecer la prórroga del plazo de vencimiento para pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial hasta el 15 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente norma municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 35543-1 SEPARATA ESPECIAL ECONOMÍA Y FINANZAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2007-EF/68.01 DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Mediante O fi cio Nº 009-2007-EF/15.03, el Ministerio de Economía y Finanzas se publique Fe de Erratas de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/68.01 y publicada en Separata Especial en la edición del día 3 de marzo de 2007. • En el numeral 15.6 del artículo 15º: DICE: “Artículo 15: Procedimientos para la formulación, presentación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública Menor: [...]15.6 Si durante la evaluación o luego de declarado viable el PIP Menor, el monto de inversión propuesto se incrementa por encima del monto señalado en el numeral 3.3 de la presente norma, se deberá llevar a cabo una nueva evaluación, considerando las normas aplicables a los Proyectos de Inversión Pública que no son PIP Menores” DEBE DECIR: “Artículo 15: Procedimientos para la formulación, presentación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública Menor: [...]15.6 Si durante la evaluación o luego de declarado viable el PIP Menor, el monto de inversión propuesto se incrementa por encima del monto señalado en el numeral 15.1 del presente artículo, se deberá llevar a cabo una nueva evaluación, considerando las normas aplicables a los Proyectos de Inversión Pública que no son PIP Menores” • En los literales b) de los numerales 16.4 y 16.9 y el literal a) del numeral 16.14 del artículo 16º: DICE: “Artículo 16: Procedimientos para la presentación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública fi nanciados con endeudamiento [...]16.4 En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyecto con estudios a nivel de Per fi l, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal b) precedente, la DGPM veri fi ca el registro del PIP, el registro de la evaluación de la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: [...] b. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-08; [...] 16.9 En caso que la OPI solicite la declaración de viabilidad del PIP, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal b) precedente, la DGPM veri fi ca la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: [...] b. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-08; [...] 16.14 En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyecto, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal a) precedente, la DGPM veri fi ca la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: a. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-08;” DEBE DECIR: “Artículo 16: Procedimientos para la presentación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública fi nanciados con endeudamiento [...]16.4 En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyecto con estudios a nivel de Per fi l, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal b) precedente, la DGPM veri fi ca el registro del PIP, el registro de la evaluación de la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: [...] b. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-09; [...] 16.9 En caso que la OPI solicite la declaración de viabilidad del PIP, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal b) precedente, la DGPM veri fi ca la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: [...] b. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-09; [...] 16.14 En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyecto, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal a) precedente, la DGPM veri fi ca la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho Informe puede: a. Declarar la viabilidad del PIP, en cuyo caso acompaña al Informe Técnico el Formato SNIP-09;” 35893-1