Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2007 (13/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 13 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
CUOTA Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota MORDAZA FECHA 31 de marzo 31de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

341465

Articulo Tercero.- PRECISAR, que la presente Ordenanza no es de aplicacion a los infractores sancionados con multas segun lo dispuesto en la Ordenanza Nº 259-CDLO. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE, a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA, a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la DIRECCION DE DESARROLLO MORDAZA el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la OFICINA DE COMUNICACION SOCIAL Y RELACIONES PUBLICAS su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35777-2

Articulo 2º.- Gastos de Emision. El monto que deberan asumir los contribuyentes por concepto de gasto de emision o administrativos que irrogue la expedicion de las cuponeras, sera de trece nuevos soles (S/. 13.00), equivalente al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente. Articulo 3º.- Cumplimiento. La Gerencia de Rentas es la responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Subgerencia de Gestion Tecnologica su implementacion y a la Gerencia Municipal su supervision. Articulo 4º.- Vigencia. La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35522-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Establecen cronograma de pagos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ano 2007
ORDENANZA Nº 089-MDLCH Lurigancho, 28 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 28 de febrero de 2007, visto la mocion presentada por la Comision de Economia, Planificacion, Presupuesto del 28 de febrero de 2007. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que la Ordenanza Municipal es la MORDAZA con rango de ley, mediante la cual los Gobiernos Municipales ejercen su potestad tributaria delegada, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 15º inciso b) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el impuesto predial podra cancelarse en forma fraccionada, hasta en cuatro trimestres; Que, la Glosada MORDAZA tributaria en su articulo 69º establece que los reajustes que incrementen las tasas por servicios publicos o arbitrios, durante el ejercicio fiscal, debido a variaciones de costo, deberan efectuarse teniendo en cuenta el porcentaje de variacion del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana que al efecto precise el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; Que, estando a los Informes Nº 029-07/SGATyOC/GR/ MDLCH de la Subgerencia de Administracion Tributaria, Nº 010-07/GR/MDLCH y Nº 013-07/GR/MDLCH de la Gerencia de Rentas, y en ejercicio de las facultades establecidas en el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA Unanime de los Miembros del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CRONOGRAMA DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL ANO 2007" Articulo 1º. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto determinar el Cronograma de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ano Fiscal 2007, conforme se detalla de siguiente manera:

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Prorrogan plazo de vencimiento para pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2007/MDV Ventanilla, 28 de febrero del 2007 VISTO: En la Sesion Ordinaria, de fecha 28 de febrero del 2007, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0041-2007/MDV-GR de fecha 12 de febrero del 2007, el Gerente de Rentas, solicita al Concejo Municipal Distrital, apruebe la prorroga del vencimiento del plazo para el pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio fiscal 2007; senalando que se encuentra en MORDAZA la emision mecanizada de la actualizacion de valores y determinacion de impuestos, para su posterior distribucion a domicilio de los contribuyentes de la jurisdiccion, lo cual supone, el transcurso de un tiempo prudencial, por lo cual a fin de no perjudicar a los contribuyentes con la demora en la entrega de las cuponeras de pago, propone la expedicion de la Ordenanza Municipal que prorrogue el vencimiento del plazo. Que, mediante Dictamen Nº 002-2007-MDV-CR de fecha 22 de febrero del 2007, la Comision de Rentas, dictamina recomendar al honorable Concejo, la aprobacion de la prorroga solicitada por la Gerencia de Rentas. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal

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