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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341727 2006, se autorizó a la Sub Gerencia de Depuración de Identifi cación, para que proceda a la inmediata cancelación de las inscripciones detectadas como dobles o múltiples; así como, las suplantaciones, en mérito a los Informes Sumarios del Departamento de Dactiloscopía y Grafotécnia de la Entidad, como resultado del proceso de identi fi cación automática de huellas duplicadas a través del Sistema antes mencionado; habiéndose detectado dentro de este nuevo proceso los siguientes casos: 1.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 092-AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano JAMES GOMEZ RAMIREZ, titular de la Inscripción Nº 00023509, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 00100510 bajo el nombre de JAMES KATAYAMA GONZALES, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 156-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 023-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 00100510, por duplicidad; 2.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 048/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano BONIFACIO MOLLEDA VICENTE, titular de la Inscripción Nº 15353257, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 07480274 bajo el nombre de PABLO MOLLEDA VICENTE, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 228-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 11-2007-SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 07480274, por duplicidad; 3.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 088/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano ERASMO VARGAS CHATA, titular de la Inscripción Nº 01807474, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 80082000 bajo el nombre de MARCELO VARGAS CHATA , hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 230-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 11-2007-SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 80082000, por duplicidad; 4.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 086/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano MARCO APOLO RIVERA QUISPE, titular de la Inscripción Nº 29548023, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 33262743 bajo el nombre de MARCO ZAVALETA IKO, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 215-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 11-2007-SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 33262743, por duplicidad; 5.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 097/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana CECILIA NUNIG PETSAYIT, titular de la Inscripción Nº 43314451, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 45358476 bajo el nombre de CECILIA NUNIG PETSAYIT, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 106-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 14-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 45358476, por duplicidad; 6.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 099-AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano ANTHONY FERNANDO OLIVA RODRIGUEZ, titular de la Inscripción Nº 18149965, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42974387 bajo el nombre de FERNANDO RAMOS TAMANAHA , hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 108-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 018-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión defi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42974387, por duplicidad; 7.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 104-AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano OSCAR RIVERA CASTILLO, titular de la Inscripción Nº 06949778, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43042586 bajo el nombre de YURI UGARTE WATANABE, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 115-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 018-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43042586, por duplicidad; 8.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 085/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano LUIS AGUILAR VEINTIMILLA, titular de la Inscripción Nº 00965531, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43306819 bajo el nombre de JOSE EDUARDO MENDOZA GARCIA , hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 138-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 019-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43306819, por duplicidad; 9.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 081/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano MARCO ANTONIO FERNÁNDEZ DIAZ, titular de la Inscripción Nº 22988229, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43240290 bajo el nombre de CESAR RUIZ PEREZ, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 137-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 019-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43240290, por duplicidad; 10.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 082/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana PERLA KARINA REAL LEON, titular de la Inscripción Nº 08162408, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43055303 bajo el nombre de KARINA LUZ LEON UGARTE , hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 133-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 019-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43055303, por duplicidad; Que, si bien se ha dispuesto la exclusión de fi nitiva del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de las inscripciones afectadas por duplicidad de inscripción; ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados, al haber obtenido una segunda inscripción declarando datos falsos en el registro, se concluye válidamente la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428° del Código Penal vigente, por cuanto ninguna persona puede tener dos identidades distintas; Que, en atención a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para que interponga