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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341718 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión a Tele Mensa S.A.C. para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2007-MTC/03 Lima, 13 de marzo de 2007 VISTA, la solicitud formulada con expediente Nº 2006-030231 por la empresa TELE MENSA S.A.C., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de La Unión de la provincia de Piura y el distrito de Vice de la provincia de Sechura, ambos del departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modificatorias, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen dicha Ley y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripción de un contrato escrito aprobado por el titular del Ministerio; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por cable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que, mediante el expediente de la vista, la empresa TELE MENSA S.A.C., solicita que se le otorgue concesión para prestar el servicio de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de La Unión de la provincia de Piura y el distrito de Vice de la provincia de Sechura, ambos del departamento de Piura; Que, mediante Informe N° 038-2007-MTC/17.01. ssp de la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, se señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación de la materia para otorgar la concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELE MENSA S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELE MENSA S.A.C., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito de La Unión de la provincia de Piura y el distrito de Vice de la provincia de Sechura, ambos del departamento de Piura. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa TELE MENSA S.A.C. para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (03) anexos y forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 37279-1 Otorgan concesión a Televisión del Valle S.A.C. para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 108-2007-MTC/03 Lima, 13 de marzo de 2007 VISTA, la solicitud formulada con expediente Nº 2006- 021224 por la empresa TELEVISIÓN DEL VALLE S.A.C., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en los distritos de Casagrande y Santiago de Cao, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modifi catorias, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por