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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de marzo de 2007 341959 la referida concesión, amparados con las Guías de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados por el saldo de los volúmenes autorizados mediante los documentos indicados en el Artículo 3º de la presente Resolución Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros quienes podrán acreditar sus derechos ante dichos órganos, siempre que éstos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del procedimiento administrativo único. Artículo 7º.- Notifi car la presente Resolución Gerencial a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, para que tome conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Artículo 8º.- La documentación dirigida a la OSINFOR deberá ser presentada ante la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Requena, la misma que actuará como Mesa de Partes, en el procedimiento administrativo único que se inicia con la presente Resolución Gerencial. Regístrese, comuníquese y publíquese, EMILIO LUCAS ALVAREZ ROMERO Gerente (e) de la O fi cina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables 39549-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban “Manual para la Formulación del Inventario de Recursos Turís-ticos a nivel nacional - Fase II - Jerarquización” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2007-MINCETUR/DM Lima, 19 de marzo de 2007 Visto el Memorándum Nº 1076-2006-MINCETUR/VMT de fecha 18 de diciembre de 2006, del Viceministerio de Turismo, relativo a la aprobación del “Manual para la formulación del Inventario de Recursos Turísticos a Nivel Nacional (Fase II - Jerarquización); CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 13º del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI, en concordancia con la Sétima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR - Ley Nº 27790, corresponde a este Ministerio la elaboración y actualización del Inventario Nacional de Recursos Turísticos, en coordinación con los gobiernos locales, organismos regionales y con los responsables de la administración y preservación del Patrimonio Cultural y Natural; Que, el numeral g) del artículo 63º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que es función de los Gobiernos Regionales llevar y mantener actualizado, el inventario de recursos turísticos, en el ámbito regional, de acuerdo a la metodología establecida por el MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 197- 2006-MINCETUR/DM, publicada el 13 de junio de 2006, se aprobó el Manual para la Formulación del Inventario de Recursos Turísticos a nivel nacional (Fase I - Categorización), el mismo que comprende los lineamientos técnicos y normativos que servirán de base para la identi fi cación, categorización y clasi fi cación de los atractivos turísticos a nivel nacional necesarios para la elaboración del Inventario de Recursos Turísticos; Que, resulta necesario completar el esquema metodológico del referido Manual, mediante la aprobación del Manual para la Fase II, el mismo que comprende los criterios técnicos y procedimientos que serán aplicables en el proceso de jerarquización de los recursos turísticos del país, a fi n de establecer el nivel de importancia de cada uno de ellos. Asimismo, dicho documento ayudará a plani fi car un adecuado desarrollo turístico del lugar, área o zona donde se realiza el inventario de recursos turísticos, toda vez que la metodología aplicada permitirá uniformizar los criterios a emplear para la evaluación del potencial turístico del país, así como el conocimiento real y sistemático del patrimonio turístico; De conformidad con lo establecido en el artículo 13º del Reglamento de la Ley para el desarrollo de la Actividad Turística, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000- ITINCI, del inciso g) del artículo 63º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y el inciso l) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con el Informe Técnico Nº 015-2006- MINCETUR/VMT/DNDT/DDPT de la Dirección de Desarrollo del Producto Turístico y el Informe Legal Nº 150-2006-MINCETUR/VMT/DNDT-MG, de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, del Viceministerio de Turismo; Con la visación del Viceministro de Turismo y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el “Manual para la Formulación del Inventario de Recursos Turísticos a nivel nacional - Fase II - Jerarquización”, el mismo que consta en el anexo adjunto, en diecinueve (19) folios, que debidamente visados y sellados, forman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 39284-1 Delegan a Gobiernos Regionales la facultad de expedir el Certificado de Calificación de prestador del servicio de transporte turístico interprovincial de ámbito nacional e internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2007-MINCETUR/DM Lima, 19 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 032-2005-MINCETUR, de 8 de noviembre de 2005, se establecieron los requisitos y procedimientos para la expedición del Certi fi cado de Califi cación de Prestador de Servicios Turísticos, para la prestación del servicio de transporte turístico terrestre que brindan las empresas dedicadas a esta actividad así como las Agencias de Viajes y Turismo en vehículos de su propiedad; Que, las autoridades competentes para expedir el mencionado Certi fi cado de Cali fi cación son: la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo respecto del servicio de transporte turístico internacional e interprovincial de ámbito nacional; y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo de los Gobiernos Regionales, respecto del servicio de transporte turístico provincial e interprovincial de ámbito regional; Que, mediante Decreto Supremo N° 068-2006-PCM, de 13 de octubre de 2006, se ha dispuesto culminar al 31 de diciembre de 2007, las transferencias programadas en el Plan de mediano plazo 2006-2010 de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo, en el que se ha previsto, en materia de turismo, transferir las funciones de expedir el Certi fi cado de Cali fi cación de prestador del servicio turístico de transporte terrestre