Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2007 (22/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2007

autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº 084-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y el visado legal correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero UNO de fecha 24 de noviembre del 2006, emitido por el Juzgado Civil de Paita y bajo responsabilidad del citado Magistrado, otorgar permiso de pesca a la empresa VARADERO "LAS DELICIAS" S.A.C., para que opere la embarcacion pesquera denominada "DONA NATHALY" de matricula PT-3869-CM, con 154.51 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, hasta que se resuelva la demanda principal de modo definitivo. Articulo 2º.- En concordancia con lo dispuesto en los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, el recurso anchoveta debera ser destinado al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa unicamente para el consumo humano directo, utilizando para ello redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada ( 13 mm.) y 1 ½ pulgadas ( 38 mm ), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco ( 5 ) millas marinas para los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las 10 millas marinas para el caso de los recursos jurel y caballa. Articulo 3º.- Incluir a la embarcacion "DONA NATHALY" de matricula PT-3869-CM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 4º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral al Juzgado Civil de Paita, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 39375-8

Publica, estableciendo en los articulos 4º y 36º las normas aplicables a los proyectos; Que, conforme a las normas MORDAZA citadas, la definicion de las funciones de los proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, el cual debera consignar la descripcion del proyecto, objetivos, organizacion, funciones y responsabilidades, los procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda y los procesos de supervision, seguimiento y evaluacion; Que, por Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC, se dispuso la fusion por absorcion del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL como entidad incorporante y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL, estableciendo que la Unidad Ejecutora resultante se denominara Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 029-2006MTC establece que el Manual de Operaciones debera ser aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, a fin de determinar sus funciones para el cumplimiento de sus objetivos y metas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC y Decreto Supremo Nº 043-2006PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MANUAL DE OPERACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO - PROVIAS DESCENTRALIZADO ENERO, 2006 MANUAL DE OPERACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO - PROVIAS DESCENTRALIZADO INDICE TITULO I TITULO II TITULO III : DISPOSICIONES GENERALES : NATURALEZA, OBJETIVO FUNCIONES GENERALES : FUNCIONES DE SUS UNIDADES Y

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2007 MTC/02 MORDAZA, 19 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion

CAPITULO I : UNIDAD DE DIRECCION Direccion Ejecutiva CAPITULO II : UNIDAD DE CONTROL INSTITUCIONAL Oficina de Control Institucional CAPITULO III : UNIDAD DE ASESORAMIENTO Unidad de Asesoria Legal

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