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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2007 (04/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2007 344621 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 044-2007-PCNM Fe de Erratas de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 044-2007-PCNM, publicada en nuestra edición del día 27 de abril de 2007. DICE:Lima, 18 de febrero de 2007DEBE DECIR:Lima, 18 de abril de 2007 56038-1 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a DEVIDA a conducir proceso de selección para designar sociedad de auditoría que realizará auditoría financiera y otros aspectos operativos del ejercicio 2006 de DEVIDA y PRODAPP RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 139-2007-CG Lima, 27 de abril de 2007Visto; la Hoja de Recomendación Nº 20-2007-CG/SOA de 27 de abril de 2007, de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre autorización a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA (a nivel de Pliego) para conducir el proceso de selección para la designación de una Sociedad de Auditoría para las entidades conformantes del Grupo Nº 1, a fi n que efectúe la auditoría fi nanciera, examen especial a la información presupuestaria y de otros aspectos operativos de DEVIDA, por el ejercicio económico 2006; asimismo efectúe la auditoría fi nanciera y examen especial a la información presupuestaria del PRODAPP, por el ejercicio económico 2006; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Contraloría N° 096-2007-CG de 16 de marzo de 2007 correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 01-2007-CG se declaró desierto el Concurso Público de Méritos por segunda vez, entre otras entidades, para el Grupo Nº 1, conformado por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y por el Programa de Desarrollo Alternativo en las Áreas de Pozuzo y Palcazú - PRODAPP; Que, el Concurso Público de Méritos Nº 01-2007-CG concluyó con la Resolución de Contraloría Nº 096-2007-CG, por lo cual es aplicable el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG del 22.FEB.2007, publicada el 24.FEB.2007, que en su primera disposición complementaria fi nal señala que el Reglamento es de aplicación inmediata, a excepción de los procesos de selección que a la fecha se encuentran en trámite, a los cuales les será de aplicación sus disposiciones a partir de la designación; Que, el artículo 49° del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, establece que cuando el concurso público de méritos se declare desierto respecto de una Entidad solicitante por dos (2) veces, mediante Resolución, la Contraloría General determinará si autoriza a la Entidad a conducir directamente un proceso de selección para la designación de una Sociedad, si incluye la solicitud de designación en otro concurso público de méritos o conduce un concurso de méritos por invitación con sujeción a lo dispuesto por el artículo 52º del citado Reglamento; Que, el proceso de selección a cargo de la Entidad a que se re fi ere el artículo 49º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, debe sujetarse a las Bases aprobadas para el Concurso Público de Méritos Nº 01-2007-CG correspondientes al Grupo Nº 1; Que, el artículo 52° del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, señala que el proceso de selección a cargo de la Entidad para la designación de una Sociedad se sujeta a lo establecido por los artículos 23°, 24° y 25°, a las limitaciones y demás disposiciones contenidas en el Reglamento, en lo que resulte aplicable; precisándose que el proceso de selección se realiza a través de un concurso de méritos por invitación, debiendo la Entidad invitar, por lo menos a tres Sociedades que cumplan los requisitos señalados en las bases y el citado Reglamento; Que, el artículo 53º del citado Reglamento, establece que el proceso de selección a cargo de la entidad autorizado por la Contraloría General se sujeta a su control posterior, recayendo en el titular de la entidad y en los miembros de la Comisión Especial la responsabilidad del cumplimiento de sus disposiciones, las bases del concurso y demás disposiciones que dicte la Contraloría General sobre la materia; Que, conforme el documento de visto, se determina que corresponde autorizar a DEVIDA (a nivel de pliego) a conducir el proceso de selección para la designación de una Sociedad de Auditoría para las entidades conformantes del Grupo Nº 1, a fi n que efectúe la auditoria fi nanciera, examen especial a la información presupuestaria y de otros aspectos operativos de DEVIDA, por el ejercicio económico 2006; asimismo efectúe la auditoría fi nanciera y examen especial a la información presupuestaria del PRODAPP, por el ejercicio económico 2006. En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22° y 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA (a nivel de Pliego) a conducir el proceso de selección para la designación de una sociedad de auditoría para las entidades conformantes del Grupo Nº 1, a fi n que efectúe la auditoria fi nanciera, examen especial a la información presupuestaria y de otros aspectos operativos de DEVIDA, por el ejercicio económico 2006; asimismo efectúe la auditoría fi nanciera y examen especial a la información presupuestaria del PRODAPP, por el ejercicio económico 2006. Artículo Segundo.- La Sociedad de Auditoría designada deberá encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades de la Contraloría General. La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA presentará a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de cinco días calendario de culminado el proceso de selección a su cargo, un informe exponiendo las actividades desarrolladas y los resultados, adjuntando la documentación correspondiente, así como copia de la propuesta ganadora. Artículo Tercero.- La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y las sociedades de auditoría postoras se sujetan a lo dispuesto en las Bases del proceso de selección y el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría y al Departamento de Auditorías Financieras órgano dependiente de la Gerencia del Sector Económico la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 55659-1