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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2007 344655 serán publicadas en el Diario O fi cial El Peruano. De igual forma, copia del Acuerdo y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Asimismo, establece este artículo que las adquisiciones se realizarán mediante acciones inmediatas; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justi fi cación de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración fundamentando la necesidad de Declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente el servicio de barridos de calles; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO, del Pleno del Concejo, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR LA SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Servicio de Barrido de Calles del distrito de San Juan de Lurigancho por el plazo de noventa (90) días y/o hasta que la firma de contrato, producto del Concurso Público Nº 0002-2007-CE/MDSJL quede consentido, lo que ocurra primero. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimiento la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el período que dure la Situación de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende hasta la suma de S/. 375,000.00 (Trescientos Setenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) que será fi nanciado con el rubro 09 Recursos Directamente Recaudados, según detalle: SERVICIO UNIDAD CANTIDAD MONTO (S/.) Servicio de barrido de calles del distritoOPERARIOS 60 375,000.00 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad a lo señalado por el artículo 47º de la Ley, en concordancia con el artículo 21º de la Ley en mención. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe técnico - legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 55375-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 215-MDSMP San Martín de Porres, 17 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES;POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2007-CPPyCTNI, de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto y Cooperación Técnica Nacional e Internacional; y, Que, los gobiernos locales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2007- MDSMP se declaró en Reorganización y Reestructuración Administrativa a la Municipalidad San Martín de Porres, con la fi nalidad de que la actual Gestión cuente con el marco legal pertinente para proponer las medidas necesarias para afrontar la grave crisis administrativa, económica y fi nanciera en que se encuentra la entidad, como resultado de las de fi cientes gestiones que la han venido gobernando, disponiéndose en ese sentido que la Administración efectuaría la revisión de los principales instrumentos de Gestión, entre ellos el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad; Que, en cumplimiento del mandato antes señalado, en la fecha se ha presentado el Proyecto del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el cual responde a una Estructura Orgánica acorde con la visión de la actual Gestión; Que, el citado documento busca constituirse en una norma técnica y herramienta de gestión organizacional moderna y sostenible, que propende a partir del análisis yfl ujograma de los procesos, la delimitación clara de competencias y responsabilidades, que optimicen y garanticen la calidad de gestión municipal con e fi ciencia, efi cacia y productividad, permitiendo implementar indicadores para evaluación de la gestión por resultados e incorporando además canales que garanticen la efectiva participación ciudadana; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas Municipalidades son normas de carácter general, que gozan de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, estableciendo el artículo 9º, numeral 3 del mismo cuerpo legal que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 9º numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y POR MAYORÍA, aprobó la siguiente: ORDENANZAArtículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que consta de 158º artículos, Dos Disposiciones Complementarias, Dos Disposiciones Transitorias, Tres Disposiciones Finales y una Estructura Orgánica, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la implementación del instrumento de gestión aprobado mediante la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde