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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2007 344658 VISTO: El D.S. Nº 025-2007-PCM, donde fi ja el sueldo de los Alcaldes a razón de la población electoral, la misma que sirve como base para la Dieta de los Regidores; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de competencia y funciones especí fi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales regionales y locales de desarrollo; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 3 de abril de 2007, se acordó en mérito al D.S. Nº 025-2007-PCM, que el sueldo a percibir del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pativilca será la suma de S/. 3,250 (Tres mil doscientos cincuenta con 00/100 nuevos soles). Así mismo fi jar las Dietas de los señores Regidores en S/. 975.00 (Novecientos Setenta y Cinco con 00/100 nuevos soles) mensuales por la asistencia efectiva de 4 sesiones de acuerdo a Ley Orgánica de las Municipalidades - Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA:Artículo Primero.- Fijar el monto de la remuneración del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pativilca en la suma de S/. 3,250.00 (Tres mil doscientos cincuenta nuevos soles) y así mismo el monto de las Dietas de los Regidores por la asistencia efectiva a las sesiones de concejo por la suma de S/. 975.00 (novecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) que equivale a 4 dietas mensuales. Registre, comuníquese y cúmplase.CARLOS E. PADUA POPAYÁN Alcalde 55509-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINUABAMBA Autorizan adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche por situación de urgencia RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 12-2007-MDQ. Quinuabamba, 16 de abril del 2007 Visto el informe técnico en 03 folios.CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Quinuabamba tiene a su cargo la administración del Programa del Vaso de Leche donde atiende a los diferentes comités organizados que funcionan en la jurisdicción distrital; Que, por motivos del proceso de transferencia documentaria de la gestión anterior a la actual administración ha originado que, el proceso de selección no se pudo llevar adelante en forma oportuna, para la adquisición de los productos para dicho programa lo que ha motivado un desabastecimiento inminente para atender a todos los comités con los productos necesarios, y estando dentro de la normatividad vigente se ha determinado adquirir los productos consistentes en avena y leche evaporada por haberse presentado una situación de urgencia invitando a un solo proveedor; Que, de conformidad a la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Nº 28267, las demás normas vigentes y habiendo una opinión favorable por el Concejo; SE RESUELVE: 1º.- ADQUIRIR por una situación de urgencia los productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Quinuabamba de la provincia de Pomabamba de la Región Ancash por única vez mientras se realice los trámites para el proceso de selección, los meses a adquirir son: enero, febrero, marzo y abril del presente año para salvar la situación de desabastecimiento inminente. 2º.- AUTORIZAR, al comité de adquisiciones para realizar los trámites para su respectiva adquisición. Regístrese y comuníquese.PEPE J. MORENO DOMÍNGUEZ Alcalde 55498-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justi fi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario O fi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL