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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344845 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Ordenanza N° 008-2007-MDP/C.- Aprueban Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad 344894 Ordenanza N° 009-2007-MDP/A.- Prorrogan el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2007 344895 Acuerdo N° 038-2007-MDP/C.- Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa para efectuar el servicio de recolección, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos 344895 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Acuerdo N° 032-2007-MPL.- Adecuan remuneración de Alcalde y dietas de Regidores del Concejo Distrital de Pueblo Libre 344896 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Acuerdos N°s. 30 y 31-2007-ACSS.- Exoneran de procesos de selección la contratación de servicios de recolección de maleza y su eliminación fi nal y de riego de áreas verdes con camiones cisterna 344897PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO Ordenanza N° 002-CDC.- Disponen que la alta dirección de la Municipalidad cumpla con efectuar evaluaciones semestrales del personal a su cargo 344901 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COROSHA R.A. N° 016-2007-MDC/PB/R.AMAZONAS.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el ejercicio fi scal 2007 344902 SEPARATA ESPECIAL ENERGIA Y MINAS Proyecto de Decreto Supremo mediante el cual se aprueba el “Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la cuenca Río Ramis” 1 al 8 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados - CONATIAF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2007-PCM Lima, 7 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que la fabricación y el trá fi co ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados generan amenazas a la seguridad nacional e internacional, por lo que su proscripción requiere la cooperación entre los Estados; Que dichas actividades constituyen una clara amenaza a la paz y al orden democrático del país y atentan, en consecuencia, contra la aspiración de nuestra sociedad de alcanzar mayores niveles de desarrollo sostenible a largo plazo; Que se requiere coordinar acciones para la formulación de políticas contra la fabricación y el trá fi co ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, así como la implementación de los planes, programas u otros compromisos internacionales suscritos por el país; Que el Perú ha suscrito y aplica el “Protocolo contra la Fabricación y el Trá fi co Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones”, que complementa la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, el “Programa de Acción para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfi co Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos” y el “Instrumento Internacional sobre Marcaje y Rastreo de Armas Pequeñas y Armas Ligeras Ilícitas” de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); la “Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfi co Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados” y el “Reglamento Modelo para el control del Trá fi co Internacional de Armas de Fuego, sus Partes, sus Componentes y Municiones”, de la Organización de los Estados Americanos (OEA); y la “Decisión 552 referente al Plan Andino para la Prevención, el Combate y Erradicación del Trá fi co Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos”, de la Comunidad Andina (CAN); Que los Estados de la región vienen impulsando la incorporación del tema en la agenda de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Comunidad Andina (CAN), y en las agendas de carácter bilateral con miras a intensi fi car la cooperación técnica internacional para enfrentar e fi cazmente este grave problema; Que el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el Perú con la suscripción de los citados instrumentos internacionales y la importancia de su implementación a nivel nacional, hacen necesario conformar una Comisión Nacional encargada de coordinar las acciones contra la fabricación y el trá fi co ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados; y, De conformidad con el artículo 5 del Decreto Ley N° 21292 - Ley de Desconcentración en el Sistema de Personal, con el Decreto Ley N° 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, y con el artículo 4 de la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la creación Créase la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfi co Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados -CONATIAF- que tendrá carácter permanente y estará adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- De la conformación La Comisión a que se re fi ere el artículo precedente estará integrada de la siguiente manera: - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá. - Un representante del Ministerio de Defensa. - Un representante del Ministerio del Interior. - Un representante del Ministerio de Justicia.- Un representante del Ministerio de la Producción. - Un representante del Ministerio Público. - Un representante de la Dirección Nacional de Inteligencia.