Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2007 (09/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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bien solo se autorizaria a ampliar la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina, para efectos del control del esfuerzo de pesca y descargas. En ese sentido, conforme a la revision de los documentos presentados, se determina que la solicitud de ampliacion de capacidad de carga MORDAZA de las referidas embarcaciones, en el extremo referido a los recursos ANCHOVETA Y SARDINA, via aplicacion de los derechos administrativos y capacidad de bodega provenientes de la embarcacion siniestrada AMAZONAS 2 (189.31 m3) y la embarcacion operativa TALARA 6 (341.0 m3), deviene procedente, conforme al cuadro siguiente:
Sistema Recursos Volumen Carga MORDAZA Capacidad Nueva Total Autorizada que recibe Carga Preser(m3) (m3) (m3) MORDAZA vacion (m3) Don MORDAZA CO-15233-PM RSW A/S 868.27 651.20 60.3010 711.50 E/P Matricula Tasa 56 MORDAZA CO-19871-PM CO-17299-PM RSW RSW A/S A/S 520.07 473.13 379.07 311.27 108.2595 59.7687 487.33 371.03

Que ademas se senala que la carga MORDAZA autorizada para la extraccion del recurso JUREL que posee la embarcacion DON MORDAZA, sera la misma que se consigna en la resolucion de autorizacion de incremento de flota y del respectivo permiso de pesca; es decir dicha embarcacion se mantendra con 651.2 m3 de carga MORDAZA para dicho recurso; debiendose tener en cuenta que esa es la capacidad de carga MORDAZA limite considerando el funcionamiento del RSW; Que asimismo, la solicitud de autorizacion de incremento de flota para ampliar las capacidades de bodegas de las embarcaciones FLAMINGO, COSTA MORDAZA, PUNTA SAL, TASA 21, TASA 22 y TASA 23, via sustitucion parcial de la capacidad de bodega y de los derechos administrativos con acceso a los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto de la embarcacion siniestrada AMAZONAS 2 y de la embarcacion operativa TALARA 6, implica una reduccion del esfuerzo pesquero sobre los recursos anchoveta y sardina consideradas especies plenamente explotadas; toda vez que se reduciria el efecto extractivo y esfuerzo pesquero al reducir el numero de unidades extractivas y de artes de pesca autorizadas para la extraccion de los mencionados recursos; por lo que al observarse la MORDAZA de requisitos conforme al procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y en concordancia con el numeral 38.4 del articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, corresponderia atender lo solicitado, conforme al cuadro siguiente:
E/P Matricula Recursos Capacidad de bodega segun su permiso (M3) 276.00 278.93 285.38 272.00 285.12 283.84 Capacidad que recibe provenientes de las E/P AMAZONAS 2 y TALARA 6 (M3) 45.6374 42.7074 36.2574 49.6374 36.5174 37.7974 Nueva Capacidad de Bodega (M3)

del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras MORDAZA con matricula CO-17299-PM, FLAMINGO con matricula HO-6579-PM, COSTA MORDAZA con matricula PS-6711-PM, PUNTA SAL con matricula PS-6710-PM, DON MORDAZA con matricula CO-15233-PM y TALARA 6 con matricula CE-2477-PM; en los mismos terminos y condiciones. Articulo 2º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE modificada por Resolucion Directoral Nº 0432001-PE/DNEPP, en el extremo referido a la denominacion de puerto consignada en la matricula de la embarcacion TALARA 6; debiendose entender que actualmente, dicha embarcacion posee la matricula HO-2477-PM. Articulo 3º.- Declarar improcedente la solicitud de modificacion de resolucion autoritativa que otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion AMAZONAS 2, en el extremo referido al cambio de denominacion de puerto de la matricula CE-2462-PM; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 178-98-PE, Resolucion Directoral Nº 040-99-PE/ DNE, Resolucion Directoral Nº 204-2001-PE/DNEPP, Resolucion Ministerial Nº 701-97-PE, y Resolucion Directoral Nº 043-2001-PE/DNEPP, a favor de GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar las embarcaciones pesqueras MORDAZA con matricula CO-17299-PM, FLAMINGO con matricula HO-6579-PM, COSTA MORDAZA con matricula PS-6711-PM, PUNTA SAL con matricula PS-6710-PM, DON MORDAZA con matricula CO-15233-PM y TALARA 6 con matricula HO-2477-PM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras MORDAZA con matricula CO-17299-PM, FLAMINGO con matricula HO-6579-PM, COSTA MORDAZA con matricula PS-6711-PM, PUNTA SAL con matricula PS-6710-PM, DON MORDAZA con matricula CO-15233-PM y TALARA 6 con matricula HO-2477-PM, y la presente Resolucion, al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002PRODUCE, asi como tambien al Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE, excluyendo de dichos anexos a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A Articulo 6º.- Modificar la capacidad de bodega MORDAZA de las embarcaciones DON MORDAZA, TASA 56 y MORDAZA, en el extremo de los recursos ANCHOVETA Y SARIDINA para consumo humano indirecto, mediante la aplicacion parcial de capacidad de bodega y de los derechos administrativos con acceso a los mismos recursos hidrobiologicos provenientes de la embarcacion siniestrada AMAZONAS 2 y TALARA 6, conforme al cuadro siguiente:
Sistema Recursos Volumen Carga MORDAZA Capacidad Nueva PreserTotal Autorizada que recibe Carga vacion (m3) (m3) (m3) MORDAZA (m3) Don MORDAZA CO-15233-PM RSW A/S 868.27 651.20 60.3010 711.50 Tasa 56 MORDAZA CO-19871-PM CO-17299-PM RSW RSW A/S A/S 520.07 473.13 379.07 311.27 108.2595 59.7687 487.33 371.03 E/P Matricula

Flamingo HO-6579-PM Costa MORDAZA PS-6711-PM Punta Sal PS-6710-PM Tasa 21 HO-10201-PM Tasa 22 CE-9923-PM Tasa 23 IO-11723-PM

A/S A/S A/S A/S A/S A/S

321.64 321.64 321.64 321.64 321.64 321.64

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 204-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, por el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular

En consecuencia, establezcase dicha carga MORDAZA, en sus autorizaciones de incremento de flota otorgados por Resolucion Ministerial Nº 144-95-PE modificado por Resolucion Ministerial Nº 701-97-PE; Resolucion Ministerial Nº 332-95 ­PE modificada por Resolucion Ministerial Nº 389-98-PE y Resolucion Directoral Nº 1392006-PRODUCE/DNEPP; y Resolucion Ministerial Nº 50697-PE modificado por Resolucion Ministerial Nº 178-98PE; respectivamente. Asimismo, establezcase dicha carga MORDAZA, en sus permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 601-97-PE modificada por Resolucion Ministerial Nº 701-97-PE y en su titularidad por la presente Resolucion; Resolucion Directoral Nº 275-2000-PE/DNE modificada por Resolucion Directoral Nº 139-2006-PRODUCE/DNEPP, Resolucion Directoral Nº 475-2006-PRODUCE/DGEPP; y Resolucion Ministerial Nº 178-98-PE y en su titularidad por la presente Resolucion; respectivamente. Articulo 7º.- Otorgar a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de las embarcaciones FLAMINGO, COSTA MORDAZA, PUNTA SAL, TASA 21, TASA

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