Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2007 (09/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2007

reconozcan a partir de la vigencia de dicho Reglamento solo podra solicitarse dentro del plazo de noventa dias calendario contado a partir de la publicacion de la resolucion que reconoce el saldo correspondiente. Vencido dicho plazo, el derecho de utilizacion de los saldos caducara de pleno derecho, sin que sea necesaria notificacion al titular por parte del Ministerio de Pesqueria hoy Ministerio de la Produccion; Que asimismo el numeral 38.4 del referido articulo, establece "que podra excepcionalmente dividirse la bodega autorizada en el permiso de pesca unicamente en cuanto a la capacidad de esta, para solicitar la ampliacion de bodega de embarcaciones pesqueras que cuenten con el incremento de flota o permiso de pesca que les otorguen acceso a los mismos recursos hidrobiologicos, siempre que se reduzca el numero de embarcaciones pesqueras que cuenten con acceso a la pesqueria materia de la ampliacion. Esta excepcion no incluye la division de pesquerias"; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE, del 23 de septiembre del 1997, se otorgo permiso de pesca, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a la empresa Inversiones Maritimas Chiclayo S.A. para operar la embarcacion pesquera nacional AMAZONAS 2, de matricula Nº CE-2462-PM, con capacidad de bodega de 189.31 m3, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Directoral Nº 204-2001-PE/ DNEPP, del 5 de septiembre del 2001, se autorizo a favor de Grupo Sindicato Pesquero del Peru S.A. entre otras, el cambio de nombre de titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE, a la empresa Inversiones Maritimas Chiclayo S.A., para operar la embarcacion AMAZONAS 2, con matricula CE-2462PM, de 189.31 m3 de capacidad de bodega en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE del 18 de MORDAZA del 1995, se otorgo entre otras, permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Pesquera Don MORDAZA SRL., para operar la embarcacion pesquera TALARA 6, de matricula CE-2477-PM, con capacidad de bodega de 340 TM, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Directoral Nº 043-2001-PE/DNEPP, del 25 de MORDAZA del 2001, se autorizo a favor de Grupo Sindicato Pesquero del Peru S.A. entre otras, el cambio de nombre de titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, a la empresa Pesquera Don MORDAZA SRL., para operar la embarcacion TALARA 6, con matricula CE-2477-PM, de 341.00 m3 de capacidad de bodega en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 144-95-PE, del 4 de MORDAZA de 1995, se otorgo autorizacion de incremento de flota a Sindicato Pesquero del Peru S.A., con una (1) embarcacion pesquera de 850 m3 de volumen de bodega, con sistema de refrigeracion a bordo RSW, para la extraccion del recurso hidrobiologico jurel, con red de cerco de 2 pulgadas de diametro de malla. Que por Resolucion Ministerial Nº 601-97-PE, del 17 de octubre del 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Sindicato Pesquero del Peru S.A., para operar la embarcacion pesquera DON MORDAZA de 868.27 m3 de volumen de bodega, con sistema de preservacion RSW, empleando redes de cerco

de 1 ½ pulgadas (38 mm) de tamano minimo de abertura de malla, en la extraccion del recurso hidrobiologico jurel con destino al consumo humano indirecto; Que el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 70197-PE, del 7 de noviembre de 1997, modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial 144-95-PE, teniendo como texto autorizar a Grupo Sindicato Pesquero del Peru S.A., el incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega con una (1) embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA, de 868.27 m3 de volumen de bodega y 651.2 m3 de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion RSW, equipada con redes de cerco de ½ (13 mm) y 1 ½ (38 mm) pulgadas de tamano minimo de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina y jurel con destino al consumo humano indirecto; Que asimismo, el articulo 5º de la referida Resolucion Ministerial Nº 701-97-PE, modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 601-97-PE, teniendo como texto otorgar permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Grupo Sindicato Pesquero del Peru S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA, de 868.27 m3 de volumen de bodega y 651.2 m3 de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion RSW, equipada con redes de cerco de ½ (13 mm) y 1 ½ (38 mm) pulgadas de tamano minimo de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina y jurel con destino al consumo humano indirecto; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE, del 6 de octubre del 1997, se otorgo autorizacion de incremento de flota a Sindicato Pesquero del Peru S.A., con una embarcacion pesquera denominada MORDAZA, de 459 m3 de volumen de bodega, con sistema de preservacion RSW y 309.82 TM de carga MORDAZA, equipada con red de cero de ½ pulgada (13 mm) de tamano minimo de abertura de malla, para la extraccion de los recurso hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolucion Ministerial Nº 178-98-PE, del 6 de MORDAZA del 1998, se modifico el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE, entendiendose que el volumen de la embarcacion pesquera denominada MORDAZA es 473.13 m3 y 319.36 TM de carga MORDAZA de pescado, manteniendose las demas caracteristicas; Que asimismo, a traves de la citada Resolucion Ministerial, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a Grupo Sindicato Pesquero del Peru S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA con matricula CO-17299-PM de 473.13 m3 de volumen de bodega con sistema de conservacion RSW y 319.36 TM de carga MORDAZA de pescado, la cual sera dedicada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud de abertura de malla de ½ pulgada (13mm) y 1 ½ pulgadas (38mm), segun corresponda; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 332-95PE, del 3 de MORDAZA de 1995, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 389-98-PE del 7 de agosto de 1998 y Nº 096-2000-PE del 28 de marzo del 2000, se otorgo a Pesquera MORDAZA MORDAZA S.A. autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA 1 de 350 toneladas metricas de capacidad de bodega, para la construccion de una embarcacion pesquera denominada MORDAZA MORDAZA de 520.07 m3 de volumen de bodega y 350 toneladas metricas de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion a bordo de RSW equipada con redes de cerco de ½" (13mm) y 1 ½ pulgadas (38mm) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolucion Directoral Nº 275-2000-PE/DNE del 1 de diciembre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a Pesquera San MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SANTA ENMA" con matricula CO-19871-PM, de 520.07 m3 de volumen de bodega y 350 toneladas metricas de carga MORDAZA de pescado, con sistema de preservacion a bordo RSW, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud de minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa;

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