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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344849 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25993 – Ley Orgánica del Sector Justicia y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor abogado Pedro Palomino Sánchez, como representante del Ministerio de Justicia ante el Grupo de Negociación de Solución de Controversias y Asuntos Institucionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 57874-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2007-MIMDES Mediante O fi cio Nº 1345-2007-MIMDES/SG el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 238-2007-MIMDES, publicada en la edición del 8 de mayo de 2007. En el Considerando Primero: DICE: “... de fecha 7 de julio de 2007...” DEBE DECIR: “... de fecha 7 de julio de 2005...” 57918-1 PRODUCE Modifican la R.M. Nº 032-2007- PRODUCE, respecto a representante titular de la Sociedad Nacional de Industrias ante CONALPACA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 120-2007-PRODUCE Lima, 3 de mayo del 2007 Vistos: el O fi cio S.N.I. GCIA. N° 047-2007 de la Sociedad Nacional de Industrias y el Informe N° 084- 2007-PRODUCE/OGAJ-MUYLP de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 368-2006- PCM se constituyó la Comisión Nacional de la Alpaca – CONALPACA, como un espacio de concertación encargado de apoyar el desarrollo de todas las etapas de la Cadena Productiva Alpaquera, mediante la formulación participativa de propuestas técnicas y/o normativas, acciones de promoción y difusión; con la fi nalidad de potenciar la competitividad, así como respaldar la promoción nacional e internacional de la Alpaca como producto bandera del Perú; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 368-2006-PCM, la CONALPACA, está conformada entre otros, por un representante de la Sociedad Nacional de Industrias;Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de la referida resolución ministerial, las instituciones públicas y privadas conformantes de la CONALPACA debían acreditar ante el Ministerio de la Producción a sus representantes, siendo que una vez fi nalizado el referido proceso de acreditación, debía expedirse la Resolución Ministerial de designación por parte del Sector Producción; Que, en tal sentido, a través de la Resolución Ministerial N° 032-2007-PRODUCE, se designó a los representantes de las instituciones integrantes de la CONALPACA, entre otros, a los representantes de la Sociedad Nacional de Industrias – SIN; Que, mediante el o fi cio de vistos, la Sociedad Nacional de Industrias solicita se modi fi que la designación del representante titular de dicha institución ante la CONALPACA, al haber sido designado recientemente el señor Gustavo Vélez Albarracín; De conformidad con la Ley N° 27789 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car la Resolución Ministerial N° 032-2007-PRODUCE respecto del representante titular de la Sociedad Nacional de Industrias ante la Comisión Nacional de la Alpaca – CONALPACA, de acuerdo al siguiente detalle: POR LA SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS – SNI:Gustavo Vélez Albarracín – Representante Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 57482-1 Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en zona del litoral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2007-PRODUCE Lima, 8 de mayo del 2007 Vistos el O fi cio Nº DE-100-092-2007-PRODUCE/IMP del 7 de mayo de 2007 del Instituto del Mar del Perú, IMARPE y el Informe Nº 279-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 7 de mayo de 2007 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos, la autoridad pesquera determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos pesqueros; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 095-2007- PRODUCE del 4 de abril de 2007, se autorizó el reinicio de las actividades pesqueras del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta blanca Anchoa nasus en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16º00’00” Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día 10 de abril de 2007, fi jándose una cuota de captura para el recurso anchoveta Engraulis ringens para el período del 2 al 11 de mayo de 2007, de un (1) millón de toneladas;