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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2007 (26/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2007 345958 Con la Opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Fíjase las horas de punta del Sistema a que se re fi ere el inciso e) del artículo 110º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en el período comprendido entre las 17:00 y las 23:00 horas. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día 1 de junio del año 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 65409-1 Autorizan a procurador formular denuncia penal y otras acciones legales contra presunto responsable de la comisión de delito de falsificación de documentos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 250-2007-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2007VISTO: el Informe N° 004-2007-MEM/DGH-PCO de la Dirección General de Hidrocarburos, en el cual se determina que existen indicios razonables de la comisión de delito en agravio del Estado, solicitando al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas, la evaluación de los mismos, e interposición de la denuncia respectiva y demás acciones legales; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 74° del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2001-EM, modi fi cado por el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 045-2005-EM, establece dentro de los requisitos formales para la califi cación de un Distribuidor Mayorista, la presentación de documentos que acrediten que tales empresas cuentan con recursos técnicos, económicos- fi nancieros y humanos para participar en el mercado; Que, mediante expediente Nº 1607984 de fecha 19 de mayo de 2006, la empresa “Multicarburos S.A.C.”, solicitó al Ministerio de Energía y Minas, obtener su cali fi cación como Distribuidor Mayorista de combustibles líquidos; Que, en virtud a las observaciones formuladas mediante O fi cio Nº 642-2006-MEM/DGH., respecto de la solicitud presentada por Multicarburos S.A.C; la empresa presentó los descargos correspondientes, adjuntando entre otros documentos, la Carta de fecha 14 de junio de 2006, emitida por el Banco Continental a fi n de acreditar los recursos económicos y fi nancieros, establecidos por la norma citada precedentemente; Que, luego de la veri fi cación de autenticidad de los documentos obrantes en el expediente, se detectó la probable invalidez de la carta del Banco Continental presentada, comunicándose de este hecho no solo al interesado, sino así también al citado banco, a fi n que éste con fi rmase la autenticidad del referido documento; Que, mediante carta de fecha 30 de marzo de 2007 el Banco Continental, remite respuesta, indicando que el documento de fecha 14 de junio de 2006 presentado por “Multicarburos S.A.C”, no había sido emitido por dicha entidad, no correspondiendo asimismo la fi rma ni el sello consignado en el documento, al funcionario señalado en el mismo; Que, del estudio y análisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comisión de delito de falsi fi cación de documentos en un procedimiento administrativo, en agravio del Estado, al haber presentado un documento presuntamente adulterado para obtener una Constancia de Registro como Distribuidor Mayorista de Combustible; por lo que corresponde autorizar al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que proceda a interponer la correspondiente denuncia penal y tome las demás acciones legales contra el representante legal de la empresa “Multicarburos S.A.C.” , Sr. Ceferino Daniel Reyes Ustero; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, aprobada por Decreto Ley Nº 17537 y modi fi cada por Decreto Ley Nº 17667; Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, aprobado por Decreto Ley Nº 25962 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nombre y representación del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demás acciones legales pertinentes contra el Sr. Ceferino Daniel Reyes Ustero, por la presunta comisión del delito de falsi fi cación de documentos, en un procedimiento administrativo, en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público los antecedentes de la presente Resolución Ministerial, con trascripción de ésta, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 65409-2 Constituyen Comisión Especial de Cautela para la Auditoría Financiera del ejercicio económico entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2007-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en ejercicio de sus atribuciones, convocó al Concurso Público de Méritos Nº 01-2007-CG, a fi n de designar a las sociedades de auditoría externa para efectuar la Auditoría Financiera, examen especial a la información presupuestaria y otros aspectos operativos del Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora Nº 003 - Unidad de Gerencia Proyecto FONER; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 096- 2007-CG de 16 de marzo de 2007, publicada el 22 de marzo de 2007, la Contraloría General de la República designó a la Firma Auditora Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, para efectuar la Auditoría Financiera al Proyecto Mejoramiento de la Electri fi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables - FONER, del ejercicio económico comprendido entre el 10 de agosto de 2006 al 31 de diciembre de 2007; en el marco del Contrato de Préstamo BIRF Nº 7366 suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF; y del Convenio de Donación GEF Nº 056023-PE suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF como agencia de implementación del Fondo Mundial del Medio Ambiente - GEF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 8º del reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG, corresponde constituir una Comisión