Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freyre Layzequilla Pasajes US$ 471.00 471.00 Viaticos Por dia US$ 200.00 200.00 Numero de dias 2+1 2+1 Total Viaticos US$ 600.00 600.00

345961
Tarifa Aeropuerto US$ 30.25 30.25

la I Reunion del Comite Permanente de Coordinacion y Cooperacion en temas de Seguridad y Defensa (COPERSE) entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, a nivel de Viceministros de Relaciones Exteriores y Defensa, en el MORDAZA del Memorandum de Entendimiento para la creacion del COPERSE, suscrito por ambos paises el 1 de setiembre de 2006; Que, en cumplimiento del mencionado Memorandum de Entendimiento, la I Reunion del COPERSE tendra como proposito desarrollar una agenda de trabajo que permitira profundizar la cooperacion en materia de seguridad internacional y defensa, entre ambos paises; Que, el COPERSE es presidido por Altos Funcionarios de los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa con cargo de Viceministro, Secretario, Subsecretario o Embajador y se reunira por lo menos una vez al ano de manera alternada en el territorio de cada MORDAZA, en la localidad que se designe de comun acuerdo; Que, tienen a su cargo la coordinacion de la agenda de trabajo y el seguimiento de los acuerdos que se alcancen en el MORDAZA del COPERSE, la Direccion General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa, por parte del Peru; Que, la intensificacion del entendimiento y la cooperacion en materia de seguridad contribuira significativamente a la integracion entre ambos paises y fortalecera aun mas la solidaridad y la confianza mutuas, como factores fundamentales de los naturales anhelos de paz de los pueblos del Peru y de la Argentina; Que, siendo politica de Estado desarrollar las relaciones bilaterales y multilaterales con enfasis en el MORDAZA del fomento de medidas de confianza, de transparencia y de cooperacion, asi como fortalecer la voluntad de avanzar en la generacion de iniciativas de importancia en el ambito de la seguridad y de la defensa, el COPERSE constituye un instrumento esencial; Teniendo en cuenta el Memorandum (DGS) Nº 0204/2007, de 9 de MORDAZA de 2007, de la Direccion General para Asuntos de Seguridad y Defensa; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, Subsecretario para Asuntos de MORDAZA, y del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freyre Layzequilla, Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 31 de MORDAZA al 1 de junio de 2007, para que participen en la I Reunion del Comite Permanente de Coordinacion y Cooperacion en temas de Seguridad y Defensa (COPERSE) entre la Republica del Peru y la Republica Argentina; Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01163 ­ Participar en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida Reunion, de acuerdo con el siguiente detalle:

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida Reunion, los citados funcionarios diplomaticos debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje realizado. Articulo Cuarto.- La Presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 62995-2

Oficializan el "Taller del Acuerdo sobre Conservacion de Albatros y Petreles, sobre un Plan de Accion para el Albatros ondulado Phoebastria irroratapa", a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 533/RE MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Memorandum (DSL) Nº 119-2007, mediante el cual el Director Nacional de Soberania y Limites del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita la oficializacion del evento "Taller del Acuerdo sobre la Conservacion de Albatros y Petreles, sobre un Plan de Accion para el Albatros ondulado Phoebastria irroratapa", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 5 al 6 de junio de 2007; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del evento "Taller del Acuerdo sobre la Conservacion de Albatros y Petreles, sobre un Plan de Accion para el Albatros ondulado Phoebastria irroratapa", que se llevara a cabo del 5 al 6 de junio de 2007, el cual viene siendo organizado por la Secretaria Ejecutiva del Acuerdo sobre Conservacion de Albatros y Preteles (ACAP); Que el Peru ha suscrito Acuerdo sobre la Conservacion de Albatros y Petreles (ACAP), el mismo que tiene por objeto lograr y mantener un estado de conservacion favorable para los albatros y petreles, para cuyos efectos las Partes adoptaran medidas individuales y colectivas aplicando un enfoque precautorio del mismo. Dicho Acuerdo tiene previsto la posibilidad de apoyo financiero para la realizacion de proyectos de conservacion, investigacion, capacitacion, control y ayuda en la ejecucion de las medidas de proteccion de estas especies; Que el Peru reconoce que la implementacion multilateral, coordinada y concertada del Plan de Accion del Acuerdo contribuira significativamente a mitigar los factores que amenazan a estas especies, tales como la degradacion, y alteracion de sus habitat, la contaminacion, la reduccion de recursos alimenticios, y el uso y abandono de artes de pesca no selectivos y especialmente la mortalidad incidental como resultado de las pesquerias comerciales; Que durante la MORDAZA Reunion de las Partes del Acuerdo sobre la Conservacion de Albatros y Petreles, celebrada en Christchurch, Nueva Zelanda, del 13 al 17 de noviembre 2006, se estimo necesario que en el MORDAZA del apoyo que brinda dicha organizacion en materia de

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