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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de mayo de 2007 346125 mayores facilidades a los usuarios de los procedimientos administrativos del referido subsector, se hace necesario designar a dos (2) fedatarios suplentes adicionales a los designados mediante la resolución ministerial mencionada en el considerando que antecede; Estando a lo informado y de acuerdo a las atribuciones conferidas por el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, corresponde emitir el acto de administración de designación; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, como fedatarios suplentes de la Sede Central del Ministerio de la Producción, a las personas que a continuación se indican: - Señor CÉSAR ALBARRACÍN CARRASCO, de la Dirección de Asuntos Ambientales de Industria de la Dirección General de Industria. - Señora MARTHA MONTOYA MONTOYA DE RAMÍREZ, de la Dirección de Normas Técnicas y Supervisión Industrial de la Dirección General de Industria. Artículo Segundo.- La designación efectuada en mérito de la presente resolución ministerial, resulta adicional a la designación de los fedatarios titulares y suplentes a que se re fi ere la Resolución Ministerial Nº 015-2007-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 65878-1 RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 029-2007-RE Mediante O fi cio Nº 299-2007-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 029-2007-RE, publicado en la edición del 19 de mayo de 2007. DICE: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio Nº 127 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Relativo al Peso Máximo de la Carga que puede ser Transportada por un Trabajador” DEBE DECIR: Artículo 1º.- Ratifícase la adhesión del Perú al “Convenio Nº 127 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Relativo al Peso Máximo de la Carga que puede ser Transportada por un Trabajador”. 66607-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 030-2007-RE Mediante O fi cio Nº 299-2007-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 030-2007-RE, publicado en nuestra edición del día 19 de mayo de 2007.DICE: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas”, DEBE DECIR: Artículo 1º.- Ratifícase la adhesión del Perú al “Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas”, 66607-2 SALUD Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátrias RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 428-2007/MINSA Lima, 25 de mayo del 2007 VISTO: el Expediente Nº 06-092690-001 referido al proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátricas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 801-2003- SA/DM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátricas; Que, el Hospital de Emergencias Pediátricas es un órgano desconcentrado de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, de Categoría III – 1, Hospital III Especializado en Emergencias Pediátricas del Tercer Nivel de Atención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 614/2005-DG-DESP-DGS-DISA.V.LC; Que, con el expediente del visto se ha propuesto la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátricas, atendiendo a criterios de e fi ciencia y e fi cacia de sus funciones; Que, conforme a lo establecido en el artículo 5º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, y contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especí fi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, el tercer apartado del acápite c) del numeral 5.2.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA, establece el Procedimiento para la Formulación y Aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones de los Hospitales como Órganos Desconcentrados de las Direcciones de Salud (Lima y Callao); Que, mediante “Informe Técnico Sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátricas”, la O fi cina de Plani fi cación de dicho Hospital ha sustentado su propuesta; asimismo, con Ofi cio Nº 955-2007-DG-OEPE-UO-DISA-V-LC el Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad remite el Informe Nº 09-2007-OEPE-UO-DISA V LC, por el cual el Jefe de la Unidad de Organización de la mencionada DISA emite opinión favorable al proyecto de ROF del Hospital de Emergencias Pediátricas; igualmente, a través del Informe Nº 0131-2007-OGPP-OO/MINSA, la O fi cina de Organización de la O fi cina General de Planeamiento