Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2007 (30/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

346139

Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion y/o conclusion de los proyectos detallados en el Anexo A, quedando prohibido que la EPS SEDAJULIACA S.A. efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos solo se efectivizaran luego que la EPS SEDAJULIACA S.A. presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision del proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, segun corresponda; y de conformidad con los articulos 237º, 243º, 246º y demas normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremos Nº 0842004-PCM que le MORDAZA aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podra ser materia de modificacion en funcion de los resultados de la ejecucion del proyecto, asi como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modificado) debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico para el financiamiento del proyecto

de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre la EPS SEDAJULIACA S.A. y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: EPS SEDAJULIACA S.A., PROVINCIA DE SAN MORDAZA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA
COD SNIP PROYECTOS MORDAZA DE MONTO APROBADO EJECUCION S/. PRESUPUESTARIA PPTO. PIM TRANS. 2007 FINANC INSTALACION DE REDES COLECTORAS DE ALCANTARILLADO EN LA URBANIZACION AMPLIACION SAN MORDAZA DE LA MORDAZA DE JULIACA TOTAL

24322

DIRECTA

718,401.00 718,401.00

718,401.00 718,401.00

ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: EPS SEDAJULIACA S.A., PROVINCIA DE SAN MORDAZA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA
COD SNIP MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 TRANS. FINANC

PROYECTOS

INSTALACION DE REDES COLECTORAS DE ALCANTARILLADO EN LA 24322 URBANIZACION AMPLIACION SAN MORDAZA DE LA MORDAZA DE JULIACA TOTAL

DIRECTA

143,680.20

287,360.40

107,760.15

71,840.10

71,840.10

35,920.05

718,401.00

143,680.20

287,360.40

107,760.15

71,840.10

71,840.10

35,920.05

718,401.00

Administracion Directa : El primer desembolso se iniciara con la fecha de Resolucion de aprobacion del Expediente Tecnico

66230-1

RESOLUCION MINISTERIAL N° 143-2007-VIVIENDA MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, incorporado

al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Resolucion Ministerial Nº 505-2007VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras;

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