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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (09/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 133

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2007 357163 CÓDIGO INFRACCIÓNMULTA Medida complementaria % UIT IMPORTE VM-15Por tener una credencial de conductor que no le pertenece o se encuentre vencida 10% 345.00Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal VM-16Por no tener y/o portar la credencial del conductor que le corresponda8% 276.00Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal VM-17Incurrir en maltrato físico y/o verbal al pasajero debidamente comprobado por el personal autorizado por la municipalidad8% 276.00 VM-18Por detenerse en lugares no autorizados interrumpiendo el transito de vehículos y/o peatones.8% 276.00Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal VM-19Conducir el vehículo menor sin tener y/o portar certi fi cado de operación o que este se encuentre vencido.8% 276.00 VM-20Por prestar servicio sin tener operativas luces intermitentes, luces de peligro y/o faros.8% 276.00 VM-21Por invadir paraderos y zonas de trabajo autorizados a otras personas Jurídicas 8% 276.00Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal VM-22Por negarse a presentar los documentos requeridos por el Policía Nacional y/o de Transito.8% 276.00 VM-23Por carecer el vehículo menor de espejo retrovisor y/o botiquín de primeros auxilios.8% 276.00 VM-24Por tener objetos, aditivos en lunas, parabrisas o ventanas diferentes a lo autorizado8% 276.00 VM-25Por carecer el vehículo de logotipo, colores característicos y numeración de la empresa a la cual integra.8% 276.00 VM-26Por producir accidentes de transito y no auxiliar a los heridos.8% 276.00Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal VM-27Por no mantener el área ocupada como paradero limpio, ordenado y buen estado de conservación.10% 345.00 128869-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Anulan códigos de diversos contribuyentes RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 002790-2007-GR-GG/MDSA Santa Anita, 31 de octubre de 2007 VISTO:El Informe Nº 0333-2007-SGCHU-GODU/MDSA de la Subgerencia de Catastro y Habilitación Urbana, los Memorándums Nºs. 0265 y 0296-2007-GODU-MDSA de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 0051-2007-SGFT-GR/MDSA de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, y el Informe Nº 01635-2007-SGAT-GR/MDSA de la Subgerencia de Administración Tributaria, sobre la ocupación por viviendas en la ribera del río Surco comprendido entre la Av. Los Ruiseñores y la Av. Santa Rosa del Asentamiento Humano San Marcos de Ate; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales conforme a lo dispuesto en el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, rige en materia tributaria conforme al Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Ley 776, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Código Tributario y supletoriamente Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 73º, consagra a los bienes de dominio público son de carácter de inalienable e imprescriptible, concordante con el último párrafo del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 341 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, clasifi cando a la Av. Huancaray como vía colectora, el cual de acuerdo a su artículo 6º señala que las áreas que forman parte del derecho de vía, son de uso público irrestricto, inalienable e imprescriptibles, quedando prohibida su utilización para otros fi nes, bajo responsabilidad civil y penal de los funcionarios o autoridades responsables; Que, mediante Informe Nº 333-2007-SGCHU-GODU/ MDSA de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, señala que de acuerdo a la Ordenanza Nº 341 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ha consignado en la lámina 342 una sección vial Normativa de la Av. Huancaray de 42 a 35.00 ml, por lo que los pobladores del Asentamiento Humano San Marcos de Ate comprendidos en la ribera del río Surco entre la Av. Ruiseñores y la Av. Santa Rosa, se encontrarían dentro de esta vía colectora, tal como se indica en el Memorándum Nº 0296-2007-GODU-MDSA de la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, mediante Informe Nº 0051-2007-SGFT-GR/MDSA de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, señala que los predios ubicados en el tramo antes señalado, se encuentran agrupados en dos manzanas A y B con un total de 34 predios, de los cuales se han identifi cado en la base de datos de contribuyentes 17 predios registrados. Por lo que de acuerdo al informe de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y Memorándum de la Gerencia de Desarrollo Urbano, señala que debe cancelarse el registro de los contribuyentes que se encuentren en la vía pública; Que, la Subgerencia de Administración Tributaria, en su Informe Nº 01635-2007-SGAT-GR/MDSA, señala que la Constitución Política del Estado, en su artículo 73º expresa taxativamente, que los bienes de dominio público son de carácter inalienable e imprescriptible, en consecuencia al tener dicha condición las vías públicas no podrían considerar el uso para viviendas, tiendas comerciales, talleres o cualquier otra modalidad de ocupación. Motivo por el cual, considera que debe ser retirado de la base de datos de contribuyentes, que se hayan registrado en dicho tramo; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Ley 776, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se, RESUELVE:Artículo Primero.- ANULAR los Códigos de Contribuyentes por los motivos expresados en la parte considerativa de la presente resolución a las siguientes personas: Código Predio Nombre y/o Razón Social DirecciónÁrea Total 010595 0014319MUÑOZ LOAYZA, FRANCISCAAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 0190.00 018846 0022844 GARCIA VENANCIO, DURANAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 32170.00 012850 0016890BERROCAL GUERRA, FRANCISCOAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 3197.00 010596 0014320 PAREDES CUBA, EMILIANOAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 0760.00 010602 0014327 TAIPE SEGOVIA, JUANAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 2990.00 010603 0014328 HUITRON TAIPE, MOISESAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 27100.00 012847 0016887VILLAVERDE VARILLAS, GUSMAN FLORENTINOAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 2440.00 012840 0016880 QUISPE PAITAN, DOMINGOAA.HH. SAN MARCOS DE ATE LOTE 2490.00