Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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por la Ley N° 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, es necesario incentivar en el distrito de MORDAZA MORDAZA la regularizacion de las construcciones que no cuentan con licencia municipal, considerando que uno de los principales factores de la informalidad es el costo de los tramites administrativos establecidos por ley; Que, es politica de esta Gestion Municipal poner los servicios y los tramites administrativos al alcance de la poblacion para que de esta manera la obtencion de los permisos y licencias municipales no signifique perjuicios a la economia de las familias del distrito; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en el distrito de MORDAZA MORDAZA un beneficio administrativo con la finalidad de incentivar la regularizacion de las obras privadas que no cuentan con licencia municipal. Articulo Segundo.- Por el beneficio administrativo senalado en el articulo precedente, los administrados podran tramitar la regularizacion de sus obras con un descuento del 50% por los siguientes conceptos: - Derecho de licencia de obra - Deterioro de pistas y veredas - Control de obra - Multa por regularizacion Asimismo, a los administrados que se acojan al beneficio administrativo aprobado por la presente Ordenanza, se les anulara las resoluciones de sancion impuestas por construir sin contar con la licencia de obra respectiva, asi como las notificaciones de infraccion que se encuentren en tramite. El beneficio no implica, de modo alguno, la devolucion de las multas canceladas. Articulo Tercero.- El beneficio administrativo aprobado por la presente Ordenanza tendra una vigencia de 30 dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente norma. Articulo Cuarto.- Por Decreto de Alcaldia se podran aprobar las ampliaciones y disposiciones complementarias de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 128872-1

Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA viene experimentando en la actualidad un importante desarrollo inmobiliario que esta cambiando su aspecto MORDAZA, el mismo que no solo se esta produciendo a nivel de empresas inmobiliarias, sino a nivel de personas naturales que vienen ejecutando mejoras y ampliaciones en sus unidades inmobiliarias; Que, mediante Informe Nº 113-2007-DFT-MDMM, emitido por el Departamento de Fiscalizacion Tributaria, se determina que el ultimo programa de fiscalizacion ejecutado por la comuna data del ano 1999, por lo cual se hace imperante implementar un programa de este MORDAZA a efectos de: 1) incrementar los montos de emision del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, 2) ampliar la base tributaria producto de la deteccion de contribuyentes omisos, y 3) mejorar los niveles de recaudacion de la Corporacion Municipal; Que, conforme a lo MORDAZA expuesto, se hace necesario establecer una serie de incentivos a favor de los contribuyentes a fin de facilitar la regularizacion voluntaria de sus edificaciones y/o predios; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS A FAVOR DE CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO POR REALIZACION DEL PROGRAMA DE ACTUALIZACION PREDIAL Articulo Primero.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer incentivos a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, que cumplan con dar facilidades a los tecnicos y presenten su respectiva Declaracion Jurada por Impuesto Predial. Articulo Segundo.- Alcance A efectos de acogerse a los incentivos establecidos en la presente Ordenanza, el contribuyente debera efectuar la declaracion jurada de Impuesto Predial conforme al resultado obtenido del Programa de Actualizacion Predial, para lo cual debera presentar la Ficha de Inspeccion del Departamento de Fiscalizacion Tributaria, segun se encuentre en uno de los siguientes casos: a) No haber presentado dentro de los plazos establecidos en el Articulo 14° del Texto Unico de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 1562004-EF, la Declaracion Jurada por Impuesto Predial originada por modificaciones, descargos o que habiendola presentado esta MORDAZA sido realizada de manera incorrecta. b) Omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Impuesto Predial por inscripcion. Articulo Tercero.- Plazos El contribuyente a efectos de acogerse a los incentivos establecidos en la presente MORDAZA, contara con un plazo de 20 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de los valores tributarios que se determinen como resultado de la Ficha de Inspeccion emitida por el Departamento de Fiscalizacion Tributaria.

Establecen incentivos a favor de contribuyentes del distrito, por realizacion del Programa de Actualizacion Predial
ORDENANZA N° 336-MDMM MORDAZA MORDAZA, 24 de octubre de 2007 ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS A FAVOR DE CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA, POR REALIZACION DE PROGRAMA DE ACTUALIZACION PREDIAL EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 21 de la fecha; y,

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