Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358136 acuerdos para la continuación del desminado en la zona de frontera común entre el Perú y Ecuador, por lo que con el fi n de establecer detalles operativos, se programó para el día 26 de junio de 2007, una Reunión Bilateral de Coordinación con el Centro de Desminado Humanitario del Ecuador, en la ciudad de Quito - Ecuador; Que, el señor Ministro de Defensa dispuso la asistencia del Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú, General de Brigada JUAN ADOLFO MÉNDIZ APAHUASCO, a la precitada reunión y que por razones de orden administrativo resultó materialmente imposible tramitar de manera oportuna la Resolución Suprema respectiva, Que, el inciso 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolución administrativa, sean aplicados de modo anticipado a hechos administrativos anteriores a su vigencia; Que, siendo que el presente acto resulta favorable y no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y toda vez que el mismo existió al momento en que se pretende retrotraer su efi cacia, resulta procedente la aplicación de la fi gura de la “Efi cacia Anticipada”; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004; y, Estando a lo recomendado por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el Señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Con efi cacia anticipada, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Quito – Ecuador, al Señor General de Brigada JUAN ADOLFO MÉNDIZ APAHUASCO, Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú, para participar en la Reunión Bilateral de Coordinación con el Centro de Desminado Humanitario del Ecuador, en el periodo del 25 al 26 de junio de 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJE: LIMA - QUITO (ECUADOR) – LIMA US$ 765.32 x 1 persona VIÁTICOS US$ 200.00 x 2 días x 1 persona TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- El citado Ofi cial General, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 136116-5 Autorizan viaje de personal militar de aviación del Ejército a Rusia para realizar curso de entrenamiento en simulador de helicóptero RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 416-2007-DE/EP Lima, 22 de noviembre de 2007Visto; el Ofi cio Nº 1215 DIEDOC/C-2.c.01 del 01 de agosto de 2007 y la Hoja de Recomendación Nº 101 / U-3.c.3.a del 22 de octubre de 2007. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la República de Rusia, al Personal Militar de Aviación del Ejército que se indica en la parte resolutiva, para que realice el Curso de Entrenamiento en Simulador de Helicóptero MI-17, en el Centro de Capacitación de la Compañía de Reparaciones de la Aviación de San Petersburgo – Rusia, en el periodo comprendido del 08 al 22 de diciembre de 2007, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú. Que, los gastos que demande el viaje al exterior en Comisión de Servicio serán sufragados por el Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, Presupuesto Año Fiscal - 2007; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de Junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 enero de 2004 y su modifi catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004; y Estando a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el Señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la República de Rusia, al Personal Militar de Aviación del Ejército que se indica a continuación, para que realice el Curso de Entrenamiento en Simulador de Helicóptero MI-17, en el Centro de Capacitación de la Compañía de Reparaciones de la Aviación de San Petersburgo – Rusia, en el periodo comprendido del 08 al 22 de diciembre de 2007: - My Inf César Alex GUERRERO RODRIGUEZ - My Inf César Gerardo CLAUDET MOROTE- My Inf Alejandro PASTOR DE LA PUENTE- My Cab Esnaider Ernesto VASQUEZ SILVA- Tco 2da MAé Amílcar BORDA CUARESMA- Tco 3ra MAé Juan José MIRANDA CHUMPITAZ Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: