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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358135 Visto los expedientes Nos. 370045, 369173, 370546, 371057, 370610, 373348, 370881, 370639, 372667, 372653 y 373260 y el Memorando Nº 422-2007-MINCETUR-VMCE, de fecha 07 de noviembre de 2007, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, con Resoluciones Ministeriales N° 041-2002- MINCETUR/DM; 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344 y 345-2003-MINCETUR/DM, 304-2004-MINCETUR/DM y Resolución Ministerial Nº 319-2005-MINCETUR/DM, y sus correspondientes prórrogas, se delegó a la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cuzco, la Cámara de Comercio de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, y la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Del Santa respectivamente, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras. Dicha delegación ha sido ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios suscritos entre dichas instituciones y el MINCETUR, para la expedición de Certificados de Origen por delegación de funciones, que formaban parte integrante de las Resoluciones antes referidas; Que, mediante los expedientes del Visto, las instituciones citadas en el párrafo anterior, han solicitado una nueva prórroga del periodo de delegación de la facultad de emitir los Certifi cados de Origen y por ende, la prórroga de la vigencia de los Convenios de delegación suscritos con el MINCETUR; Que, mediante los Informes 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 35-2007-MINCETUR/VMCE/DNINCI-SACO, la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales ha manifestado que las instituciones solicitantes han cumplido con presentar el Informe de Gestión de expedición de Certifi cados de Origen, remitir los abonos correspondientes a la emisión de Certifi cados de Origen y remitir la Información establecida en el Convenio, por lo cual considera procedente la prórroga de los Convenios de delegación de funciones hasta el 30 de junio de 2009; Que, se mantienen las razones de orden técnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegación efectuada en las instituciones antes mencionadas; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27444 permite que el acto administrativo tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si es más favorable a los administrados, no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legítimamente protegidos a terceros, y exista en la fecha a la que se pretende retrotraerse la efi cacia el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción, requisitos que se cumplen en el presente caso; Que, los expedientes presentados guardan conexión entre ellos, por lo que pueden ser materia de acumulación, de conformidad con el artículo 116º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Acumular los Expedientes Nos. 370045, 369173, 370546, 371057, 370610, 373348, 370881, 370639, 372667, 372653 y 373260, que contienen las solicitudes de prórroga de delegación de facultades de las instituciones que se mencionan en la parte Considerativa de la presente Resolución Ministerial.Artículo 2º.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2009 la delegación de la facultad de expedir Certifi cados de Origen a los exportadores, conferida a la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cuzco, la Cámara de Comercio de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, y la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Del Santa. Artículo 3°.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del MINCETUR, las Adendas correspondientes a la prórroga referida en el Artículo 2° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Los efectos de la presente Resolución Ministerial tendrán efectividad anticipada, de acuerdo al siguiente detalle: Institución Culminación de delegaciónPrórroga de delegación (a partir de) Asociación de Exportadores 31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio y Producción de Puno31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cuzco31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio de La Libertad31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Sociedad Nacional de Industrias 31 de octubre de 2007 1 de noviembre de 2007 Cámara de Comercio e Industria de Ilo15 de septiembre de 2007. 16 de septiembre de 2007 Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Del Santa4 de noviembre de 2007 5 de noviembre de 2007 Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 135715-1 DEFENSA Autorizan viaje de Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú para participar en la Reunión Bilateral de Coordinación con el Centro de Desminado Humanitario del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 415-2007 DE/EP/S-1.a.4/ Lima, 22 de noviembre de 2007Visto; el Acta del Encuentro Presidencial y de la Primera Reunión del Gabinete de Ministros Binacional del Perú y del Ecuador, realizada en la ciudad de Tumbes, el día 1 de junio de 2007. CONSIDERANDO:Que, en el párrafo 1.6 ”Desminado Humanitario Conjunto” del documento del Visto, se establecen