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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (12/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2007 355230 Dirección de Fiscalización Minera de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; Que, considerando por conveniente dar por terminada la mencionada designación, debiendo retornar el funcionario antes mencionado a las funciones que le corresponden según su grupo ocupacional y nivel de carrera alcanzado: De conformidad con el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento DE la Ley de Carrera Administrativa y las atribuciones consignadas en el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminada la designación del Ing. Luis Saldarriaga Colona, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 433-2006-MEM/DM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- El Ing. Saldarriaga Colona reasume sus funciones del grupo ocupacional y nivel de carrera que le corresponde. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 118269-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 476-2007-MEM/DM Lima, 4 de octubre de 2007 CONSIDERANDO : Que, se encuentra vacante el puesto de Director, Nivel D-3, Categoría Remunerativa F-3, CAP Nº 8199 de la Dirección de Fiscalización Minera de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de con fi anza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, habiéndose modi fi cado la estructura orgánica de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 339-2007- MEM/DM se aprobó la Directiva Nº 003-2007-MEM/DM, de Implementación de la Estructura Orgánica del Ministerio de Energía y Minas, habiéndose encargado al Director de Fiscalización Minera las funciones de la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería; Que, en tal sentido, corresponde designar al funcionario que desempeñará dicho cargo de con fi anza; De conformidad con el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa y las atribuciones consignadas en el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE : Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Edgardo Elías Alva Bazán, en el cargo de con fi anza de Director, Nivel D-3, Categoría Remunerativa F-3; CAP Nº 8199, de la Dirección de Fiscalización Minera de la Dirección General de Minería, encargado de las funciones de la Dirección Técnica Minera del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 118269-2 Modifican el TUPA del Ministerio de Energía y Minas, eliminando diversos procedimientos de la Dirección General de Minería y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 480-2007-MEM/DM Lima, 5 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Central ha establecido como objetivo de la Reforma del Estado, la simpli fi cación de los trámites administrativos aI interior de la administración pública, en bene fi cio de los administrados en general; Que, en ese contexto, es deber del Ministerio de Energía y Minas revisar y proponer la simpli fi cación de sus procedimientos administrativos, así como excluir de su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aquellos que no están acorde a la simpli fi cación administrativa que el Gobierno Central está promoviendo, adecuando así los procedimientos a las nuevas disposiciones legales; Que, la Ley Nº 28911, modi fi có el artículo 54º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiendo que las discrepancias que surjan entre la entidad y los postores de un procedimiento de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición de recurso de apelación, el que será conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, mediante Ley Nº 28964, Ley que Trans fi ere Competencias de Supervisión y Fiscalización de las Actividades mineras al OSINERG, este organismo adquirió las funciones de supervisar y fi scalizar que las actividades del subsector minería se desarrollen de acuerdo a los dispositivos legales y normas técnicas vigentes, así como, en cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales relacionadas con la protección y conservación del medio ambiente; Que, en ese sentido, con la fi nalidad de adecuar el TUPA del Ministerio de Energía y Minas, a las nuevas disposiciones legales referidas en los considerandos precedentes de la presente Resolución, resulta necesario suprimir los procedimientos AM06, IM01, IM04, IM05, IM08, BP01, BP03, BP04, BP05, RY09, del TUPA del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Que, de acuerdo al numeral 3 del artículo 36º la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la simpli fi cación de los procedimientos podrán aprobarse por Resolución Ministerial, en concordancia con el numeral 5 del artículo 38, en el que se establece que una vez aprobado el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, el incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se debe aprobar mediante Resolución Ministerial del Sector; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Articulo Único.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, eliminándose los procedimientos que se detallan a continuación: De la Dirección General de Minería:- AM06 Autorización de área de no admisión de denuncios. - IM01 Cali fi cación y registro de fi scalizadores externos. - IM04 Actualización del registro de fi scalizadores externos. - IM05 Renuncia al registro de fi scalizadores externos. - IM08 Renovación del registro de fi scalizadores externos. De la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto: - BP01 Aprobación sectorial de la solicitud de cooperación técnica internacional. - BP03 Aprobación sectorial para el trámite de inscripción ylorenovación del registro de ENIEX- Perú.