Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

355595

Autorizan al IMARPE la ejecucion de la Operacion Merluza XI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 320-2007-PRODUCE MORDAZA, 17 de octubre del 2007 Vistos el Oficio No. PCD-100-448-2007-PRODUCE/ IMP del 11 de octubre de 2007, del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe No. 493-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 16 de octubre de 2007, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y, el Informe No. 076-2007-PRODUCE/OGAJ-YCQ de fecha 17 de octubre de 2007, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley No. 25977, los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 13º de la mencionada Ley establece que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que, mediante Resolucion Ministerial No. 357-2006PRODUCE del 22 de diciembre de 2006, se establecio el Regimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2007, en el MORDAZA del cual se autorizo la actividad extractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2007 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' 00'' Latitud Sur; adicionalmente a ello, se fijo la cuota total de pesca del recurso merluza en 35,000 toneladas metricas; Que, a traves de la Resolucion Ministerial No. 2792007-PRODUCE del 11 de setiembre de 2007, se establecio la MORDAZA reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y se suspendio la actividad de extraccion del citado recurso, a partir de las 00:00 horas del dia 15 de setiembre de 2007, en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' Latitud Sur; Que, el articulo 5º de la MORDAZA legal a que se hace referencia en el considerando anterior, se dispuso que el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, efectuara un monitoreo de la evolucion del MORDAZA reproductivo del recurso merluza, debiendo informar y recomendar al Ministerio de la Produccion la culminacion del MORDAZA de desove que determine el levantamiento de la MORDAZA reproductiva, para cuyo efecto, se autorizaria mediante resolucion ministerial la ejecucion de la Operacion Merluza XI, debiendo para ello el IMARPE remitir a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Viceministerio de Pesqueria el Plan de Trabajo a ejecutar y la relacion de embarcaciones pesqueras seleccionadas por dicha Institucion, para desarrollar este trabajo de investigacion conjunta; Que, mediante el documento de vistos, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, remitio el "Plan de la Operacion Merluza XI", a efectuarse del 23 al 25 de octubre de 2007, en el area maritima comprendida desde Puerto MORDAZA (03º 30' LS.) hasta MORDAZA (07º 00' LS.). Asimismo, adjunto la relacion de siete (7) embarcaciones arrastreras con permiso de pesca vigente y en estado operativo que participaran en esta actividad cientifica;

Que, en el Plan de Operacion Merluza XI se contempla el trabajo conjunto del IMARPE con la flota arrastrera de mayor escala nacional con permiso de pesca vigente y en estado operativo para la extraccion del recurso merluza y que participa en el Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial No. 357-2006PRODUCE, que comprende un monitoreo de tres (3) dias consecutivos por subareas, las que fueron fijadas en A, B, C y D divididas hasta en tres estratos de profundidad I, II y III, y excepcionalmente en IV estratos en la subarea A, cuyo cumplimiento es de caracter obligatorio para las embarcaciones arrastreras que fueron designadas; asimismo, se precisa que el volumen de merluza que se extraiga en esta actividad cientifica sera considerado como parte de la cuota asignada a cada armador o empresa para el ano 2007, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial No. 050-2007-PRODUCE; Que, a traves del Informe No. 493-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dch, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, ha senalado que la Operacion Merluza XI obedece a la necesidad del IMARPE de evaluar el estado reproductivo del recurso merluza en el area tradicional de distribucion; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley No. 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza, aprobado mediante Decreto Supremo No. 016-2003-PE y demas normas complementarias y ampliatorias; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, la ejecucion de la Operacion Merluza XI sobre el recurso merluza desde las 00:00 horas del dia 23 hasta las 24:00 horas del 25 de octubre de 2007, en el area maritima comprendida entre Puerto MORDAZA (03º 30' 00'' Latitud Sur) y MORDAZA (07º 00' 00'' Latitud Sur), con la participacion de siete (7) embarcaciones pesqueras arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y en estado operativo para la extraccion del recurso merluza y que participan del Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial No. 357-2006-PRODUCE. Articulo 2º.- Publicar la relacion de embarcaciones arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y que participan en el Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial No. 357-2006PRODUCE que han sido seleccionadas a participar en la Operacion Merluza XI, las mismas que se encuentran autorizadas a desarrollar operaciones de pesca en la subarea que se indica en la relacion anexa a la presente resolucion. Cuando por causa de problemas tecnicos la embarcacion pesquera no pueda participar en la presente operacion, debera comunicar al IMARPE dicho inconveniente, de manera que esta Institucion en coordinacion con la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, proceda a designar y autorizar el reemplazo de la misma por otra embarcacion que cumpla con los requisitos exigidos. Articulo 3º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras seleccionadas a participar en la Operacion Merluza XI, deberan cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operacion, el cual ha sido fijado en S/. 1,403.00 (Un mil cuatrocientos tres y 00/100 Nuevos Soles) por embarcacion, monto que debe pagarse al IMARPE a traves de la Cuenta Corriente No. 0000-281654 del Banco de la Nacion. Articulo 4º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras que participen en la Operacion Merluza XI, se encuentran obligados a cumplir las indicaciones y directivas que dicte el IMARPE en el MORDAZA de la referida operacion. Articulo 5º.- La Operacion Merluza XI autorizada en el articulo 1º de la presente resolucion debera sujetarse a las siguientes medidas: a) La actividad extractiva debera desarrollarse fuera de las cinco (5) millas marinas de la linea de costa y fuera del

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