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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (18/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2007 355607 del Convenio Interinstitucional entre el Instituto Superior del Profesorado “Dr. Joaquín V. Gonzáles”, el Centro de Investigaciones Precolombinas y la UNAP; Con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; y En uso de las atribuciones que confi eren la Ley Nº 23733 y el EGUNAP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en comisión de servicio, a la ciudad de Buenos Aires de la República de Argentina, del 22 al 28 de octubre de 2007, del Ing. HERMAN BERNARDO COLLAZOS SALDAÑA, M.Sc., Rector de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), en mérito a los considerandos expuestos en la presente Resolución Rectoral. Artículo Segundo.- OTORGAR al Ing. HERMAN BERNARDO COLLAZOS SALDAÑA, M.Sc. pasaje aéreo en la ruta IQUITOS/LIMA/BUENOS AIRES y viceversa y cuatro (4) días de viáticos internacionales, Artículo Tercero.- PRECISAR que la autoridad mencionada en el artículo precedente tiene quince (15) días hábiles, a partir del día siguiente de sus retorno, para presentar el boleto del pasaje aéreo utilizado y la rendición de cuenta documentada de los viáticos internacionales otorgados, en la Ofi cina General de Administración (OGA) Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Administración (OGA) la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a los Jefes de las Ofi cinas Generales de Administración y de Planifi cación cumplir con lo dispuesto en la presente Resolución, cargando el egreso a la Estructura Funcional Programática, Cadena de Gastos y Fuentes de Financiamiento de los créditos presupuestario, aprobados en el Presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2007. Regístrese, comuníquese y archívese. HERMAN B. COLLAZOS SALDAÑA Rector 120249-3 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores “Interfondo Renta Mixta Moderada FMIV” e “Interfondo Renta Mixta Balanceada FMIV” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS N° 28-2007-EF/94.06.2 Lima, 28 de setiembre de 2007 VISTOS: El expediente N° 20070027013, iniciado por Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el Informe N° 571-2007-EF/94.06.2 de fecha 28 de setiembre de 2007; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV N° 163-95-EF/94.10 de 25 de abril de 1995, se autorizó el funcionamiento de la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores Interfondos S.A., hoy Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos para actuar como administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, mediante escritos presentados el 19, 20, 24 y 28 de setiembre de 2007, Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó la inscripción de dos fondos mutuos de inversión en valores denominados “Interfondo Renta Mixta Moderada FMIV” e “Interfondo Renta Mixta Balanceada FMIV”, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo establecido en los artículos 24 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus modifi catorias, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 11 literal l) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; los artículos 24 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF, así como los literales c) y f) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF y la Resolución CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “Interfondo Renta Mixta Moderada FMIV” e “Interfondo Renta Mixta Balanceada FMIV” en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- Los Reglamentos de Participación de los fondos mutuos de inversión en valores mencionados en el artículo precedente, contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento y se encuentran a disposición del público en general en el Portal de CONASEV. Artículo 3°.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá remitir un (01) ejemplar de los Reglamentos de Participación de los fondos mutuos de inversión en valores a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, así como de los modelos de contrato de administración y transferencia de cuotas, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de notifi cada la presente resolución. Artículo 4°.- La publicidad que realice Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar los fondos mutuos a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras y sus modifi catorias. Artículo 5º.- La inscripción a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas de los fondos mutuos a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad de los mismos. Artículo 6°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Artículo 7°.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 8°.- Transcribir la presente resolución a Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a Banco Internacional del Perú - Interbank en su calidad de Custodio de los fondos mutuos a los que alude el artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Dirección de Patrimonios Autónomos 115435-1