Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (27/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356161 especializada compromete en forma directa problemas de Transporte, Salud, Educación, Agricultura, etc., tal como lo preceptúa el Art. 32º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, poniendo en grave riesgo la integridad de sus habitantes y la vida humana, que es el bien máximo que ha de preservarse; CONSIDERANDO: Que el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. II. del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 ,establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Técnico Nº 584-2007- SGIDUR, Subgerencia de Desarrollo Urbano Rural del Distrito de Pangoa justifi ca la necesidad de que se declare en situación de URGENCIA la adquisición de maquinaria y equipo para los Servicios de limpieza Pública y construcción de los rellenos y drenes sanitarios, así como la rehabilitación de los accesos a los diferentes lugares de la zona, indicando que se han generado grandes focos infecciosos debido a la imposibilidad de eliminación de los basurales existente en diversos puntos de Pangoa y sus centros poblados aledaños a falta de equipos de recojo y tratamiento de aguas servidas así como la ausencia de empresas especializadas en la región que puedan ser contratadas. Por lo que corresponde a la municipalidad implementar este servicio conforme a las normas de salubridad garantizando un servicio oportuno y efi ciente del recojo y tratamiento de residuos y desperdicios sólidos, tratamiento de aguas servidas y rehabilitación de carreteras de accesos; que han puesto en riesgo la salud de nuestros pobladores de la zona urbano marginal y centros poblados aledaños de Pangoa. Así mismo en dicho informe se da cuenta que la adquisición de equipos y maquinaria servirá además para la ejecución de las obras de Saneamiento Básico, Irrigación, Electrifi cación, Reconstrucción de los Centros Educativos, Centro de Salud, construcción mantenimiento de las carreteras de acceso, trochas y ramales carrozables etc. Programadas para el presente año 2007 en: Mejoramiento de la Capacidad Operativa de Maquinarias para Servicios Múltiples en el Distrito de Pangoa, que por falta de estos equipos y debido a la demanda en la Región no existe maquinaria disponible, retrasando el cumplimiento de los objetivos y metas, situación que pone en grave riesgo la salud de los pobladores de la zona, la construcción y reparación inmediata de las trochas carrozables para auxiliar y asistir a los caseríos afectados en sus cultivos, y crianzas de animales. Así como también ante la inminente temporada de lluvias que se avecina y que ha sido públicamente notifi cada por SENAMHI sobre los graves riesgos y en consecuencia la municipalidad requiere tomar previsiones; Que, mediante Informe Legal Nº 01-2007-AL/MDP de fecha de octubre del presente año el Asesor Legal ha cumplido con emitir su opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de Organización y Funciones del gobierno Municipal. Opinando por la procedencia del presente acuerdo.Que por otra parte el Ejecutivo ha publicado el D.S. Nº 050-2007-PCM; D.U. Nº 018-2007 y otras normas que exoneran de los procesos de selección con la fi nalidad de atender las emergencias que se vienen presentando en el territorio Nacional; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerándos antes referidos, procede autorizar y exonerar del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones e implementar los Servicios de limpieza Pública, por la causal prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º , 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y artículos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACORDÓ: Articulo 1º.- Declarar en EMERGENCIA los servicios públicos esenciales del distrito de Pangoa, departamento de Junín, específi camente los de Limpieza Pública, transporte, salud y educación. Por un período de 90 días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma. Artículo 2º.- Declarar en Situación de Urgencia la adquisición de maquinaria y equipo mecánico para la eliminación y tratamiento de los residuos sólidos y despojos, la construcción de relleno sanitario el tratamiento de aguas servidas, la construcción y reconstrucción de los centros de salud, la construcción reconstrucción y equipamiento de los centros educativos, la construcción y mantenimiento de las vías de acceso conforme a los documentos precisados en la parte sustentatoria de este Acuerdo. Artículo 3 º.- Exonerar del proceso de selección la adquisición de la maquinaria y equipo siguientes: 02 Tractores Sobre Oruga de 160 HP, 01 Motoniveladora de 120 HP, 01 Cargador Frontal de 140 HP, 01 Retroexcavadora de 90 HP, 03 Camiones Volquete de 15 m3 de 360 HP, hasta por la suma referencial de S/. 5’474,598.00 (CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTICUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos previstos en los Arts. 19, 21 y 22 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D. S. Nº 083-2004.PCM y su Reglamento Arts. 141º, 142º, 146º, 147º y 148º, aprobado mediante D.S. Nº 084- 2004-PCM; con cargo a los fondos del canon minero y endeudamiento público. Artículo 4º- Autorizar el Endeudamiento Interno con el Banco de la Nación hasta por la suma de S/. 3`500,000.00 (Tres millones quinientos mil y 00/100 Nuevos Soles, así como solicitar el préstamo correspondiente al referido banco para la adquisición de Maquinarias y Equipos, como parte de los servicios declarados en Urgencia, sujetándose al procedimiento establecido por Ley, autorizando al Banco de la Nación en forma irrevocable a afectar cualesquiera de las cuentas corrientes e ingresos de esta Municipalidad sobregirándolas cuentas si fuera necesario, para atender directamente el servicio de la deuda del crédito solicitado, con opción de Pre-pago. Artículo 5º- Encargar a la ofi cina de administración de la Municipalidad Distrital de Pangoa, la adquisición de la citada maquinaria pesada y Equipos educativos, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Artículo 6º- Autorizar amplia y sufi cientemente al Señor OSCAR VILLAZANA ROJAS, Alcalde del Concejo Distrital de PANGOA para que realice todos y cada uno de las gestiones y trámites, conducentes a la formalización y ejecución del presente acuerdo. Artículo 6º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano conforme al inciso c) del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM., encargando a la Ofi cina de Administración la Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano debiendo remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR VILLAZANA ROJAS Alcalde 124652-1