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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (27/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356145 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en Sesión de veinticuatro de octubre de 2007, CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que una de las atribuciones del Consejo Regional es, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao en vigencia, requiere de algunas modifi caciones, respecto a las que competen a la Gerencia de Asesoría Jurídica, a efectos de guardar concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica que la rige y con la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo expresado en el artículo 41° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las resoluciones regionales norman asuntos de carácter administrativo y se expiden en segunda y última instancia. En este tipo de procedimientos, la intervención de la Gerencia de Asesoría Jurídica es imperativa, por tanto, debe estar clara y taxativamente establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao; Que, respecto a los arbitrajes y conciliaciones que afronta el Gobierno Regional del Callao son competencia y responsabilidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica, dejando a la Procuraduría Regional, tal como dispone el artículo 78° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, lo concerniente a las acciones judiciales que tiene la entidad, sea como demandante, demandado, denunciante o denunciado, o siendo parte civil o cualquier otra acción de competencia judicial, lo cual no está claramente delimitado en el instrumento de gestión que se propone modifi car; Que, también existen procedimientos administrativos seguidos ante diversos organismos públicos, en especial fi scalizadores o reguladores, llámese SUNASS, INDECOPI, SUNAT, entre otros organismos, que deben ser llevados de manera exclusiva por la Gerencia de Asesoría Jurídica, que tampoco se encuentran establecidos en el reglamento en mención, y que en anterior gestión se delegó a la Procuraduría Pública Regional, desnaturalizando sus funciones, y que es conveniente regularizar; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – R.O.F Artículo Único.- De la modifi catoria Modifícase el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2006-Región Callao-CR, de acuerdo al siguiente texto: “De la Procuraduría Pública Regional Artículo 27.- Es el órgano encargado de representar y defender los derechos e intereses del Gobierno Regional del Callao, en los procesos judiciales en donde se considere que existe un derecho o interés del Gobierno Regional del Callao que debe ser defendido. De la Gerencia de Asesoría JurídicaArtículo 42.- Es el órgano encargado de asesorar en materia jurídico-legal y se encarga de la interpretación y correcta aplicación de lo establecido en las disposiciones constitucionales, legales y administrativas vigentes. Artículo 43.- Está a cargo de un Gerente de Asesoría Jurídica y funcionalmente depende de la Gerencia General Regional. Artículo 44.- Son funciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica: 1. Asesorar al Consejo Regional, Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejo de Coordinación Regional y Gerencia General Regional en aspectos jurídicos, legales, normativos y administrativos que le sean consultados para su opinión y trámite. 2. Emitir opinión y atender las consultas formuladas, respecto al contenido y alcances jurídicos de los dispositivos constitucionales, legales y administrativos relacionados con las actividades institucionales. 3. Emitir opinión cuando expresamente lo señale una disposición legal. 4. Elaborar y participar en la formulación de proyectos normativos. 5. Emitir informe sobre los recursos impugnativos administrativos interpuestos en segunda y última instancia. 6. Emitir informes legales, técnico-jurídicos y jurídico- administrativos en asuntos que le solicite el Consejo Regional, la Presidencia Regional y la Gerencia General Regional, los que deberán tener el siguiente formato: Antecedentes, base legal, análisis, conclusiones y recomendaciones. 7. Revisar y visar los proyectos de Ordenanzas Regionales, Decretos Regionales, Resoluciones Ejecutivas y de Gerencia General Regional. 8. Formar parte de los órganos colegiados dispuestos por Presidencia Regional, que requieran apoyo en materia legal. 9. Elaborar y/o visar contratos, convenios y demás documentos de similar naturaleza en la que participe el Gobierno Regional del Callao. 10. Participar y someter a consideración del Comité de Gerentes Regionales, los asuntos de su responsabilidad. 11. Intervenir en los casos de arbitraje o conciliación que plantea o se lo proponen al Gobierno Regional del Callao. 12. Intervenir en los procedimientos administrativos que se procesan ante otros organismos públicos (Sunat, Indecopi, entre otras entidades públicas) en las que el Gobierno Regional del Callao tiene intereses. 13. Presentar anualmente, ante la Gerencia General Regional, un informe de gestión que resuma las principales actividades desarrolladas. 14. Remitir al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao, la información de acuerdo a lo previsto en las normas legales de transparencia y acceso a la información pública. 15. Implementar las recomendaciones derivadas de los informes de acciones de control que le correspondan, emitidos por los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control y sociedades de auditoría. 16. Realizar otras funciones que le sean asignadas, por la Gerencia General Regional, en el ámbito de su competencia. Realizar otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional, de acuerdo a su competencia.” POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 124932-1