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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (13/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2007 353177 las adendas, caso contrario, la resolución que la sustenta quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº 110-2007-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, opina que procede modi fi car el contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03, en lo referente a la ampliación del área de la concesión otorgada a todo el Territorio de la República del Perú, y aprobar el Plan de Cobertura para el área a ampliar; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el área de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03 a la empresa CABLE MAX S.A.C., incluyendo todo el Territorio de la República del Perú a excepción del área que cuenta con concesión, de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, para la prestación del servicio de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolución, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se re fi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03.Artículo 3º.- Aprobar la modi fi cación del literal d) del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y el numeral 6.03 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03. Artículo 4º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la ampliación del área de concesión, la aprobación del correspondiente plan de cobertura y la modi fi cación del literal d) del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y del numeral 6.03 de la Cláusula Sexta, así como la sustitución de los Anexos 1 y 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 684-2004-MTC/03; autorizándose al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por CABLE MAX S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 106678-2 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora en onda media en la localidad de Piura - Sechura - Sullana RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 566-2007-MTC/03 Lima, 5 de setiembre de 2007VISTO, el Expediente Nº 2007-015047, presentado por don JUAN GUERRA CRUZ sobre otorgamiento de autorización por REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justi fi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario O fi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL