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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2007 353526 y declararon Procedente la Regularización y Recepción de Obras de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso de Vivienda RDM, solicitada por la Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan Lote III, ubicada en el distrito de San Juan de Mira flores, provincia y departamento de Lima; Que, a través del Documento Simple Nº 59549-07 (fojas 253) de fecha 29 de mayo del 2007, la Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan, representada por su Presidente el señor Pedro Raúl Cusi Zarate, solicita la recti ficación de la Resolución Nº 068-2007-MML-GDU- SPHU, de fecha 30 de marzo del 2007, porque en el Artículo 1º dice: ...” que aprobaron el Plano de Ubicación, Perimétrico Lote XI”, debiendo decir:...”que aprobaron el Plano de Ubicación, Perimétrico Lote III”; Que, mediante el Informe Nº 233-2007-MML-GDU- SPHU-AL (fojas 254 y 255) de fecha 9 de julio del 2007, la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas señala que, se ha veri ficado que si existe error material en el artículo 1º de la Resolución Nº 068-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 30 de marzo del 2007, respecto a la denominación del Plano Perimétrico, debiendo decir ..”Perimétrico Lote III”; asimismo indica que también existe error material respecto al nombre de la Persona Jurídica, por que conforme consta de la Partida Nº 03006768 (fojas 246 al 248) de Inscripción de Cooperativas del Registro de Personas Jurídicas, el nombre correcto es “Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan” y no como erróneamente se consignó en el artículo 1º de la citada resolución; por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 201.1 y 201.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, esta Subgerencia deberá emitir la resolución que recti fique el artículo 1º de la Resolución Nº 068-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 30 de marzo del 2007; Que, mediante Resolución Nº 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo del 2006, se delega la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientos de Ratificación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas, emitidas por las Municipalidades Distritales, a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la Asesoría Legal y de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU. SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECTIFICAR, el Artículo 1º de la Resolución Nº 068-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 30 de marzo del 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Gerencial 075-05 de fecha 18 de noviembre del 2005, la Resolución Gerencial Nº 059-06-GDU/MDSJM de fecha 4 de agosto del 2006 y la Resolución Nº 090-06-GDU/MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2006, emitidas por la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira flores las mismas que aprobaron el Plano de Ubicación, Perimétrico Lote III, Replanteo de Lotización y Vías signado con el Nº 003-2005-MDSJM/GDU-SGCHU, correspondiente al terreno de 5,479.75 m2. ubicado en la Urbanización San Juan – Unidad “A” Lote III del distrito de San Juan de Mira flores Provincia y Departamento de Lima; y declararon Procedente la Regularización y Recepción de Obras de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso de Vivienda RDM, solicitada por la Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan”. Artículo 2º.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la COOPERATIVA DE VIVIENDA HEROES DE SAN JUAN y a la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira flores. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la O ficina Registral de Lima y a la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4º.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de noti ficada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NANCY ZEDANO MARTINEZ SubgerenteSubgerencia de Planeamientoy Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 108279-1MUNICIPALIDAD DE ATE Designan funcionarios responsables de entregar información y de la actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0743 Ate, 7 de setiembre de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Estado. Que, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, bajo el principio de Publicidad se desprende que todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administración Pública a las que hace referencia el Título Preliminar de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, están sometidas al principio de Publicidad. Además los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se re fiere esta Ley; en consecuencia toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, adoptando las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública; teniendo el Estado la obligación de entregar la información solicitada. Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo 3º establece entre otras que constituyen obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsables de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; mediante Resolución que será publicada en el Diario O ficial El Peruano. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a partir de la fecha al Sr. Julio César Castillo Bellido, Secretario de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate, como funcionario responsable de la entrega de información solicitadas en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806 en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Lic. Luisa Aurelia Pacheco de Salazar, Jefa de la O ficina de Informática, como funcionaria responsable del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Ate, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 3º.- DEJAR sin efecto las normas municipales que se opongan a la presente Resolución de Alcaldía.