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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2007 353518 generen flujos de caja que, descontados a la tasa de descuento citada anteriormente, permitan que el VAN sea igual a cero, o lo que es lo mismo, que la tasa de descuento iguale a la Tasa Interna de Retorno (TIR) de la empresa. La versión completa de dicho Estudio se encuentra a disposición del público en general en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). III. CONSIDERACIONES LEGALES.-III.1 Facultades del Organismo ReguladorDe acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Pública en los Servicios Públicos, y los artículos 24º y 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión correspondiente a las EPS que prestan servicios de saneamiento. El artículo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. El artículo 85º del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS municipales, públicas, privadas y mixtas. Asimismo, el artículo 96º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que excepcionalmente, en caso las EPS no cumplan con presentar su Plan Maestro Optimizado dentro de los plazos establecidos para tal fin, la Superintendencia podrá establecer la fórmula tarifaria, estructuras tarifaria y metas de gestión de oficio, de acuerdo con la directiva que para tal efecto apruebe. IV IMPACTO ESPERADO.- La aprobación de la fórmula tarifaria, las estructuras tarifarias y las correspondientes metas de gestión aplicables a EPS SEDALIB S.A. bene ficia, por un lado, a la empresa prestadora pública, y por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora pública debido a que su aplicación debe coadyuvar a la sostenibilidad económica y la viabilidad financiera de la empresa en el tiempo. Por otra parte, la población se bene ficia al existir un compromiso de la empresa re flejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento deberá traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo también un bene ficio para la población la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTIÓN APLICABLES A LA EMPRESA DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LIBERTAD SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS SEDALIB S.A. 1. Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria de la SUNASS. 108404-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Acuerdan nombrar nuevo representante del Gobierno Regional para la confor-mación del Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios (SEDACAJ) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 070-2007-GR.CAJ-CR Cajamarca, 27 de agosto de 2007El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 de agosto del año 2007; VISTA Y DEBATIDA la carta S/N presentado por el C.P.C Jorge Novoa Mostacero, mediante el cual presenta su renuncia al cargo de representante del Gobierno Regional Cajamarca ante la Empresa Prestadora de Servicios – SEDACAJ, con el voto unánime del Pleno, dispensa del dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Nº 28870 Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que en su artículo segundo dispone: “El Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales estará constituido por un máximo de cinco (5) miembros para las Entidades Prestadoras de mayor tamaño, el cual deberá incluir necesariamente a un (1) miembro del gobierno regional y dos (2) miembros de la sociedad civil garantizando la presencia de los usuarios; y para las Entidades Prestadoras Municipales de menor tamaño tres (3) miembros, el cual deberá incluir necesariamente a un (1) representante del gobierno regional y un (1) representante de la sociedad civil. Los Directores son responsables de la gestión”. Y en atención al Decreto Supremo Nº 010-2007-VIVIENDA, en el mismo sentido establece que las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales estarán constituido por un máximo de cinco (5) miembros de lo cuales necesariamente uno (1) tendrá que ser representante del Gobierno Regional. Que, mediante carta S/N remitida por el C.P.C. Jorge Novoa Mostacero, por la cual hace llegar al Pleno del Consejo Regional Cajamarca, su renuncia al cargo de representante del Gobierno Regional Cajamarca ante la Empresa Prestadora de Servicios – SEDACAJ, por motivos personales y familiares no puede asumir a cabalidad con dicha responsabilidad encomendada por el Gobierno Regional Cajamarca. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modi ficada por las Leyes Nºs 27902 y 28968; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- DEJAR sin efecto el Art. Único del Acuerdo de Consejo Regional Nº 066-2007-GR.CAJ-CR, mediante el cual se nombra al C.P.C. Jorge Wilberto Novoa Mostacero como representante del Gobierno Regional de Cajamarca para la conformación del Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios (SEDACAJ); aceptando su renuncia al cargo designado. Segundo.- NOMBRAR al nuevo representante del Gobierno Regional de Cajamarca para la conformación del Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios (SEDACAJ) en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional del día 7 de setiembre del año 2007. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplaLUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero DelegadoPdte. Consejo Regional 108407-1 Designan representante del Gobierno Regional para la conformación del Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios (SEDACAJ) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 073-2007-GR.CAJ-CR Cajamarca, 11 de setiembre de 2007 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 7 de setiembre del año 2007; VISTO Y DEBATIDO el O ficio Nº 521-2007- GR.CAJ/P remitido por el Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, hace llegar