NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2007 353511 RESUELVE Primero.- Denegar el pedido de informe oral solicitado por la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional el 24 de abril de 2007. Segundo.- Confirmar la Resolución Nº 0019-2007/ CAM-INDECOPI del 31 de enero de 2007 que declaró fundada la denuncia formulada por la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional contra la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero y cali ficó como una barrera burocrática ilegal la prohibición de instalación de antenas para telefonía celular contenida en la Ordenanza Nº 0106-MDJLBYR. Tercero.- Declarar que carece de objeto disponer la inaplicación de la Ordenanza Nº 0106-MDJLBYR al caso concreto. Cuarto.- Disponer que la Secretaría Técnica de la Comisión de Acceso al Mercado remita al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, copia de la presente Resolución, de la Resolución Nº 0019-2007/CAM-INDECOPI y del Informe Nº 010- 2007/INDECOPI-CAM, para que el Concejo Municipal se pronuncie de conformidad con el artículo 48º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Quinto.- Recomendar al Directorio del INDECOPI la publicación de la presente Resolución, en aplicación del artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 807. Con la intervención de los señores vocales Rosa María Graciela Ortiz Origgi, Juan Ángel Candela Gómez de la Torre, Juan Luis Avendaño Valdez, Luis José Diez Canseco Núñez y José Luis Fernando Piérola Mellet. ROSA MARÍA GRACIELA ORTIZ ORIGGI Presidenta 108752-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican Anexo de la Res. Nº 1348- 2007-OS/GG mediante la cual se designaron fiscalizadores externos que ejecutarán el Programa Anual de Fiscalización del año 2007 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 2352-2007-OS/GG 10 de septiembre de 2007VISTO: El Informe GFM-002-2007 de la Gerencia de Fiscalización Minera que propone la modi ficación de la Resolución Nº 1348-2007-OS/GG de fecha 12 de junio de 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia General de OSINERGMIN Nº 1348-2007-OS/GG de fecha 12 de junio de 2007, publicada en el Diario O ficial El Peruano con fecha 16 de junio de 2007, se designó a los fiscalizadores externos que ejecutarán el Programa Anual de Fiscalización del año 2007 con sus respectivas unidades de producción mineras y los temas a fiscalizar de la mediana y gran minería; Que, se ha tomado conocimiento que algunos de los profesionales de la nómina de una fiscalizadora externa designada, no cuentan con disponibilidad para ejecutar el Programa Anual por haber contraído con anticipación compromisos de trabajo con otras entidades en el período programado para la fiscalización; Que, asimismo se ha tomado conocimiento que Compañía Minera Corianta S.A.C. ha iniciado actividades de explotación en su unidad Bongará; Que, en tal sentido y con la finalidad de lograr la viabilidad y condiciones apropiadas para la ejecución eficiente y oportuna de la labor de fiscalización, es necesario incluir a la nueva unidad minera y reformular la designación de las unidades mineras a los fiscalizadores externos; Que, el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 106-2007-OS/CD, establece que la Gerencia General de OSINERGMIN queda autorizada a establecer los criterios de designación de los fiscalizadores externos para el Programa Anual de Fiscalización del año 2007, así como para aprobar, a propuesta de la O ficina de Planeamiento y Gestión de Control, hoy Gerencia de Fiscalización Minera, la designación de los citados fiscalizadores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Creación de OSINERGMIN, Ley Nº 26734, la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, La Ley que Trans fiere Competencias de Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras al OSINERG, Ley Nº 28964 y el literal o) del artículo 65º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi ficar el Anexo de la Resolución de la Gerencia General de OSINERGMIN Nº 1348-2007-OS/GG, de fecha 12 de junio de 2007, en el extremo correspondiente al grupo de unidades designadas a las fiscalizadoras externas que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. EDWIN QUINTANILLA ACOSTA Gerente General ANEXO N° EMPRESA MINERA UNIDAD DE PRODUCCION EMPRESA FISCALIZADORA EXTERNATEMA A FISCALIZAR SEGURIDAD E HIGIENE MINERAMEDIO AMBIENTE 35 COMPAÑÍA MINERA ATACOCHA S.A. ATACOCHA ASESORES Y CONSULTORES MINEROS S.A.X 36 COMPAÑÍA MINERA SAN SIMON S.A. LA VIRGEN X X37 MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. PIERINA X X38COMPAÑÍA MINERA ANTAMINA S.A.ANTAMINA X X 39 PLANTA DE FILTRADO X X40COMPAÑÍA MINERA CONDESTABLE S.A.A.CONDESTABLE X X 41 RAUL X X42 CEMENTOS LIMA S.A.ATOCONGO X X 43 PUCARA X 44 PLANTA DE BENEFICIO LAR LIMA X 45 CHILCA X 46 LAS DUNAS X 68 EMPRESA ADMINISTRADORA CHUNGAR S.A.C. * ANIMON X 140 COMPAÑÍA MINERA CORIANTA S.A.C. ** BONGARA X X