Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2007 (19/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2007

Frontal, 1 Volquete de 15 m3 y la Ejecucion de Proyectos de Inversion que requiere de inmediata atencion. CONSIDERANDO Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el objetivo del Estado es la realizacion del bien comun y la finalidad de los Gobiernos Locales es promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion de conformidad a lo previsto en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, conforme lo dispone el articulo 19º inciso c) del D.S. Nº 083-2004-PCM la exoneracion del MORDAZA de seleccion procede cuando se realice en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declarado de conformidad con la MORDAZA acotada, asimismo conforme lo dispone el articulo 20º inciso c) de la MORDAZA precitada senala que "Los procesos de seleccion para la exoneracion de los mismos en los gobiernos locales se requiere de un acuerdo del Pleno de Concejo Municipal que debera ser debidamente publicado en el Diario Oficial El Peruano"; Que, tal como lo dispone el articulo 21º del D.S. Nº 0832004-PCM, "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el exonerar tiene como unico efecto dispensar el empleo de un procedimiento de seleccion de libre concurrencia y encausar su adquisicion a traves de un procedimiento de menor complejidad, el mismo que debe respetar el Ordenamiento Juridico existente; Que, en el presente caso la adquisicion de bienes y contratacion de ejecucion de obras puede ser exonerado por situacion de desabastecimiento inminente, ya que dentro de las funciones esenciales de la Comuna es prestar el servicio en forma eficiente, por cuanto de persistir la situacion de desabastecimiento comprometeria la seguridad de la poblacion del Distrito de Paucas, lo cual implica la intervencion del Gobierno Local; Que, los procedimientos de exoneracion de los procesos de seleccion han sido regulados por el articulo 146º, 147º y 148º del D.S. Nº 084-2004, en los cuales se establece las condiciones y requisitos para cumplir MORDAZA de proceder a exonerar del MORDAZA de seleccion, siendo uno de ellos que se MORDAZA acreditado la situacion de desabastecimiento inminente, lo cual esta claramente definido a traves de los Informe Tecnico Nº 01-2007 e Informe Legal Nº 001 - 2007-MDP/ALE, en los cuales han opinado: Declarar procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la compra directa de los bienes: 1 Cargador Frontal, 1 Volquete de 15 m3. y la contratacion directa para la ejecucion de obras en situacion de urgencia; De conformidad con la MORDAZA citada es posible la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la compra directa de bienes y ejecucion de obras, en consecuencia, en base a los mencionados informes se concluye que la exoneracion del MORDAZA de seleccion es legalmente viable; Que, asimismo, dentro del Plan de operacion y Ejecucion de la Municipalidad Distrital de Paucas para el presente Ano Fiscal, se encuentra la realizacion de vias de penetracion, Construccion de Trochas Carrozables, Mejoramiento y Mantenimiento de Caminos existentes, Construccion de Centros Educativos, Construccion de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Desague, Construccion de Sistemas de Riego y Electrificacion, asi como atender con caracter de URGENCIA los servicios de limpieza, ya que existente serias dificultades que afectan la continuidad de los servicios de limpieza publica; Que, la carencia de Maquinaria y Equipo no permite en forma eficiente atender lo programado, y estando

proximo la temporada de precipitaciones pluviales en la MORDAZA, lo que generaria situaciones de extremo peligro a la poblacion; Que, asi mismo en merito a los Decretos de Urgencia Nº 014-2007, y Nº 015-2007, donde se declara en situacion de emergencia la Ejecucion de Proyectos de Infraestructura vial, Saneamiento Basico, Infraestructura Educativa, Infraestructura de Salud, Sistemas de Riego y Electrificacion; y a la vez se dan las pautas para mejorar la calidad del gasto publico; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Articulos 9º, 32º y 74º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y lo previsto en los Articulos 19º al 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, y el Articulo 116º del Decreto Supremo 012 y 013-2001-PCM y demas normas pertinentes con el MORDAZA UNANIME y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.Declarar en Situacion de Desabastecimiento y Situacion de Emergencia los servicios esenciales y la ejecucion de Obras de infraestructura en prevencion de desastres, ya que existen problemas de inestabilidad de suelos en los tramos de las carreteras y trochas carrozables de acceso a las principales localidades del distrito, requiriendo de rehabilitacion urgente, lo cual aumenta el riesgo de dejar a las poblaciones sin la llegada de transporte en los tiempos de lluvias que se avecinan en la zona. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, declarando de urgente necesidad la adquisicion de bienes que se requieren para afrontar la Situacion de Emergencia de los siguientes bienes: 1 Cargador Frontal, de 160 HP, con monto referencial de S/. 884,533.00; 1 Volquete de 15 m3, con un monto referencial de S/. 528,000.00 orientados a la construccion, rehabilitacion y mantenimiento de las vias de comunicacion, acceso a caminos colapsados y apertura de carreteras del distrito de Paucas; y la ejecucion por URGENCIA de las siguientes obras: Construccion de Aulas de la I.E. MORDAZA Paulet Mostajo de Paucas- II Etapa con un monto de S/. 541,363.67; Construccion de Aulas I.E. MORDAZA MORDAZA Mariategui de Paucas- II Etapa, con un monto de S/. 429,122.89; Construccion de Sistema de Agua Potable de Vilcabamba, con un monto de S/. 532,174.25; Construccion de MORDAZA de Irrigacion de Witcu a Chira, con un monto de S/. 743,336.38; Apertura y Afirmado de la Carretera de Puchca a MORDAZA ­ I Etapa, con monto de S/. 1'121,699.75; Apertura y Afirmado de la Carretera de Puchca a MORDAZA ­ II Etapa; Sistema de Agua Potable de Millpoc, con un monto de S/. 225,371.01, haciendo un monto total referencial de S/. 5'005,600.95, de acuerdo a lo indicado en el Informe Tecnico Nº 01-2007, que se efectuara conforme a los procedimientos previstos en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; con la Fuente de Financiamiento 05 Recursos Determinados ­ Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalias y Participaciones. Articulo 3º.- Autorizar amplia y suficientemente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA la Municipalidad Distrital de Paucas, para realizar todas las gestiones y tramites, conducentes a la formalizacion y ejecucion del presente Acuerdo. Articulo 4º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo disponen los Articulos 19º y 20º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y encargando a la Oficina de Administracion remitir MORDAZA del mismo y el Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los Plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 108281-1

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