Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2007 (19/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2007

atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 14 de Agosto del presente ano desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el documento denominado "Estrategia Regional de la Diversidad Biologica de San Martin", que como anexo es parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional Articulo Tercero.- INCORPORESE el presente documento a los planes institucionales y de gobierno de todas las instancias e instituciones del Gobierno Regional de San MORDAZA, asi como de las municipalidades provinciales y distritales. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San MORDAZA, previa promulgacion de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su publicacion. WILIAN A. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y se cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintiocho dias del mes de agosto del 2007. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 109109-1

Aprueban la Agenda Regional 2005-2007
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2007-GRSM/CR Moyobamba, 28 de agosto del 2007 POR CUANTO:

Ambiental

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, y Ley Nº 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que el inciso 22º del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de

un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; asi mismo el articulo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el Articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservacion de la diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais. Que, es deber del Estado promover e incentivar la conservacion y proteccion de medio ambiente. Por ello el Estado acerca de su importancia, promoviendo la transmision de los conocimientos, el desarrollo de las habilidades y destrezas asi como de la formacion de valores en torno a los procesos ecologicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biologica y el uso sostenido de los recursos; Que, dada la situacion de emergencia ambiental en que se encuentra la Region, se ha elaborado la Agenda Ambiental, como documento guia, con el fin de desarrollar un sistema eficaz y transparente que promueva compromisos y procesos para la mejora de la calidad ambiental. Este instrumento establece tambien actividades mediante las cuales la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA y las Organizaciones Regionales puedan fomentar las mejoras, produciendo informacion util y confiable para la toma de decisiones; Que la Agenda Ambiental Regional, elaborada mediante un MORDAZA participativo, recoge la vision y mision, los problemas ambientales prioritarios de la Region, los objetivos especificos, con indicadores verificables de avances y responsables de su cumplimiento; Que, el inciso g, del articulo 9º, de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que entre sus competencias constitucionales la de promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, energia y mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, en materia ambiental y ordenamiento territorial, al MORDAZA de lo prescrito en el articulo 53º, literal a) de la Ley Nª 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales tienen competencias exclusivas para formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el Articulo 38º, del Decreto Supremo Nº 0082005-PCM, establece que los Gobiernos Regionales son responsables de aprobar y ejecutar la Politica Ambiental Regional, en el MORDAZA de lo establecido por el articulo 53º de la Ley Nº 27867, debiendo implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental en coordinacion con la Comision Ambiental Regional respectiva. Los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental; debiendo asegurar el cumplimiento de la Politica Nacional Ambiental. Los Consejos Regionales cuentan con instancias de coordinacion sobre recursos naturales y gestion del ambiente. La politica ambiental regional debe estar articulada con la politica y planes de desarrollo regional. Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 14 de Agosto del presente

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