Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2007 (19/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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caracteristicas similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Que, la Ley General de Residuos Solidos ­ Ley Nº 27314 en su articulo 12º senala que la gestion de los residuos solidos de responsabilidad municipal en el MORDAZA debe ser coordinada y concertada. Que, la Ordenanza Nº 106-MDA del 27 de enero del 2006 aprobo el Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos, el cual dentro de sus actividades a corto plazo contempla la creacion y el fortalecimiento del Comite de Implementacion del PIGARS. Que, el articulo 2º de la Ordenanza Nº 106-MDA faculta al Sr. MORDAZA Distrital de Ate para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias y reglamentarias a la referida Ordenanza. Que, el articulo 33º de la Ordenanza Municipal sobre la Gestion Ambiental de Residuos Solidos, Ordenanza Nº 107-MDA del 27 de enero del 2006, senala que la Municipalidad de Ate a traves de sus instancias competentes promueve la participacion ciudadana, desarrollando acciones promocionales entre las que se incluye la Creacion y Funcionamiento del Comite de Implementacion del Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos de Ate. Que, para lograr una adecuada gestion y manejo de los residuos solidos en el distrito de Ate es necesario contar con una participacion adecuada y responsable de las diversas instituciones de caracter publico y privado, asi como de la poblacion en general, por lo que es conveniente establecer e implementar un espacio de discusion y concertacion de las diversas actividades que se desarrollan en el distrito con el proposito de contar con una MORDAZA mas limpia y saludable, Que, mediante Informe Nº 108-GSP-MDA/2007 la Gerencia de Servicios Publicos, es de opinion que conforme a lo senalado en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 106-MDA es necesario conformar un Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Ate; Que, mediante Proveido Nº 250-2007-GM/MDA, el Gerente Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA Articulo 1º.- APROBAR LA CREACION DEL COMITE LOCAL DE GESTION AMBIENTAL DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE ATE. Articulo 2º.- El Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Ate tiene como objetivo promover la adecuada gestion de residuos solidos contribuyendo asi a la mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion. Articulo 3º.- El Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Ate estara conformado por representantes de las siguientes instituciones que se detallan a continuacion: a) El Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Ate, quien lo presidira. b) El Gerente de Servicios Publicos de la Municipalidad Distrital de Ate. c) El Gerente de Participacion Vecinal de la Municipalidad Distrital de Ate. d) El Jefe de la Oficina General de Planificacion de la Municipalidad Distrital de Ate. e) Un representante de la Direccion de Salud IV, MORDAZA Este. f) Un representante de la Unidad de Gestion Educativa Local 06. g) Un representante del Club de Madres. h) Un representante de la Central Distrital de Comedores Populares Autogestionarios. i) Dos representantes de las Organizaciones Zonales Vecinales. j) Un representante de Organizaciones de Base Economico Productivas. k) Dos representantes de la Empresa Privada. l) Un representante de Organismos No Gubernamentales involucrados en la gestion de residuos. Adicionalmente, el Comite podra invitar a otras instituciones o personas a participar de acuerdo a las necesidades que este identifique.

Articulo 4º.- Los conformantes descritos en el articulo anterior deberan designar un representante titular y un representante alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo de mas alto nivel. Articulo 5º.- La instalacion del Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Ate, debera efectuarse en un plazo no mayor de quince dias de emitido el presente Decreto. Articulo 6º.- El Comite Local de Gestion Ambiental de Residuos Solidos del distrito de Ate tendra un plazo no mayor de 15 dias a partir de la fecha de instalacion del Comite, para la aprobacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones. Articulo 7º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Publicos la difusion y el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 109365-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a empleada de la Municipalidad
RESOLUCION GERENCIAL Nº 870-2007-GM-MDCH Chorrillos, 17 de septiembre de 2007 VISTO, el Informe Nº 012-2007-CPPAD-MDCH de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Chorrillos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente Nº 16433-07 la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA solicita Licencia por 30 dias sin goce de haberes, se le denego verbalmente a su companero de trabajo MORDAZA Cuzco MORDAZA quien venia tramitando dicho expediente, posteriormente se le curso la Carta Notarial Nº 130-2007-SGRR-HH-MDCH, no haciendose presente en su centro de labores, incurriendo en falta de caracter disciplinario establecida en el inciso k) Articulo 28º del Decreto Legislativo Nºº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Chorrillos mediante el Informe del Visto hace un analisis de los hechos, indicando que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA estaria incursa en falta grave sancionada en el inciso k) Art. 28º Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que senala como falta de caracter disciplinario, que segun su gravedad puede ser sancionada con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo, las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en periodo de treinta dias o mas de quince dias en un periodo de ciento ochenta dias calendario; Que, mediante el Informe Nº 012-2007-CPPADMDCH del 14 de septiembre la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Chorrillos luego del analisis de los hechos MORDAZA mencionados llega a las conclusiones: 1. Que, esta probado que la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA ha incurrido en falta de caracter disciplinario, al tener ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos a su centro de labores. 2. Que, la actitud de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA transgrede las normas senaladas en el inciso k) Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. 3. Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Chorrillos, en aplicacion de los dispositivos legales MORDAZA

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