Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2007 (19/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2007

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios y servidor de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 708-2007-A-HMPP Cerro de Pasco, 11 de setiembre del 2007 EL MORDAZA DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO; que suscribe; VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 003-2007-HMPP de fecha 6 de febrero del 2007, Memorando Nº 091-07-A-HMPP de fecha 20 de junio del 2007, el Informe Nº 004-2007-CEPADHMPP, de fecha 2 de MORDAZA del 2007 del Comite Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios para apertura de MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios y servidores publicos MORDAZA MORDAZA Briceno, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fano, Sr. Lendicio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Roy MORDAZA Zacarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2007HMPP de fecha 6 de febrero del 2007 el MORDAZA Concejo Municipal de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco dispuso el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles, y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados que dieron lugar al desabastecimiento que motiva dicho acuerdo de conformidad con el articulo 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Memorando Nº 091-07-A-HMPP de fecha 20 de junio del 2007 el Despacho de Alcaldia solicita a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Pasco su pronunciamiento respecto a la presunta responsabilidad de ex funcionarios y/o servidores de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco, con respecto al desabastecimiento de los servicios de Limpieza Publica y la Seguridad Ciudadana, que ha motivado que el Honorable Concejo Municipal de Pasco declare ambos servicios en desabastecimiento inminente; Que, la Comision referida en el parrafo precedente, en el Informe que evacua, senala que "...el desabastecimiento en la atencion de la seguridad y limpieza se produjo durante el ultimo ano de gestion del gobierno anterior; toda vez que la actual administracion desde enero tomo conocimiento de las carencias graves para atender las emergencias en seguridad y sobre todo para recoger residuos solidos producto de las MORDAZA navidenas y de fin de ano" Que, con fecha 5 de MORDAZA del 2007 la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (CEPAD) despues de evaluar los documentos puestos a su conocimiento, eleva el Informe Nº 004-2007-CEPAD-HMPP de fecha 2 de MORDAZA del 2007 senalando que los ex funcionarios y servidores publicos: MORDAZA MORDAZA Briceno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fano, Lendicio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Roy MORDAZA MORDAZA han incumplido la obligacion contenida en el inciso d) del articulo 28º, configurandose falta de caracter disciplinario senalado en el inciso d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y se pronuncia por la apertura del MORDAZA Administrativos Disciplinarios a las referidas personas; Que, en el Acta Nº 003 emitida por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y que sustenta el Informe de la misma se senala que: " ...los funcionarios y servidores que tuvieron responsabilidad en el desabastecimiento de los servicios basicos de seguridad ciudadana y limpieza publica y que trabajaron durante todo el ano pasado fueron las siguientes personas: MORDAZA MORDAZA Briceno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fano, Lendicio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA Roy MORDAZA MORDAZA, periodo en que se origino el desabastecimiento de los servicios de limpieza publica y serenazgo. Esta circunstancia transgrede

la siguiente normativa: el inciso d) del articulo 21º del Capitulo IV: De las Obligaciones, Prohibiciones y Derechos de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, que a la letra dice que todo funcionario debe: "Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno"; igualmente el inciso d) del articulo 28º que senala como falta de caracter disciplinario: "La negligencia en el desempeno de sus funciones";" Que, del acta precitada en el parrafo anterior se tiene que el Sr. Lendicio MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue designado en el cargo de confianza de Gerente de Servicios Locales de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco, a partir del 13 de febrero del 2006, desempenando la misma hasta el 31 de diciembre del 2006, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se desempeno en el cargo de confianza de Gerente de Administracion de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco, a partir del 13 de febrero del 2006, asi como se desempeno como Presidente del Comite Especial encargado de llevar a cabo la Adjudicacion Directa Publica Nº002-2006HMPP a fin de adquirir un camion compactador para la limpieza publica, que finalmente no se hizo, el Sr. MORDAZA Roy MORDAZA MORDAZA, se desempeno en el cargo de Subgerente de Limpieza Publica y Defensa del Medio Ambiente, a partir del mes de enero al mes de octubre del 2006, el Sr. MORDAZA MORDAZA Briceno se desempeno como Gerente Municipal, a partir del mes enero al mes de MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fano se desempeno como Gerente Municipal, a partir del mes de MORDAZA al mes de diciembre del 2006; Que, el articulo 167º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, D.S. Nº 005-90-PCM, senala que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de sesentidos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, los funcionarios y servidores podran ser sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario y sancionados por las faltas de caracter disciplinario y/o incumplimiento de las normas legales y administrativas cometidas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civil o penal en que pudieran incurrir, en concordancia con el articulo 153º y 175º de la MORDAZA que se contrae del parrafo anterior; Que, asimismo, el articulo 174º del referido Reglamento, establece que se encuentran comprendidos dentro de los alcances del MORDAZA Administrativo Disciplinario, los funcionarios y servidores, aun en el caso de que hayan concluido su vinculo laboral con el Estado; Que, el articulo 175º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, precitada senala que estan comprendidas en el presente capitulo los funcionarios y servidores publicos contratados, en los que le sea aplicable, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, y la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por D. Leg. Nº 276 y su Reglamento aprobado por el D. S. Nº 005-90-PCM, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios y servidores publicos de la Municipalidad Provincial de Pasco: Sres. MORDAZA MORDAZA Briceno, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fano, Sr. Lendicio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Sr. MORDAZA Roy MORDAZA Zacarias; por la presunta comision de las faltas de caracter disciplinario previstas en el inciso d) del articulo 21º, e inciso d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con los articulos 150º y 151º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM; por los hechos que presuntamente se le atribuye y que sustentan el Informe Nº 004-2007-CEPAD-HMPP de fecha 2 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- REMITIR la presente resolucion y sus antecedentes a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Pasco, para las investigaciones que el caso amerite, debiendo procederse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y demas normas pertinentes, dentro del plazo legal establecido, contado a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion.

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