Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2007 (22/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Establecen disposiciones para la realizacion de pagos por concepto de costas y gastos procesales derivados del procedimiento de Ejecucion Coactiva de sanciones no pecuniarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 046 MORDAZA, 11 de septiembre de 2007 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 46° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; Que, las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones, estableciendo la escala de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser la de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, y otras; Que, el Articulo 26° de la Ordenanza Nº 984 que aprueba el "Nuevo Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la Funcion Fiscalizadora", establece que el cobro de la multa y el monto resultante de la adopcion de las medidas complementarias corresponde al SAT como organo encargado de la recaudacion tributaria, siendo que las sanciones no pecuniarias se ejecutan a traves de la Subgerencia de Control de Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion y Control, quien liquidara las costas y gastos que deriven del mismo a traves del Ejecutor Coactivo y se remitiran al SAT para que proceda a la cobranza; Que, la Oficina General de Control Institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al realizar el "Examen Especial a la Gerencia de Fiscalizacion y Control" recomendo se gestione la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 107 a efectos que se incluya a la Subgerencia de Tesoreria de la MML a fin de autorizarla para recepcionar los pagos por concepto de costas y gastos procesales derivados del procedimiento de Ejecucion Coactiva de sanciones no pecuniarias; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 984 establece que las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para su aplicacion seran aprobadas por Decreto de Alcaldia, a propuesta de la Gerencia de Fiscalizacion y Control, especialmente aquellas que tengan por objeto determinar la forma de ejecucion de las sanciones de naturaleza no pecuniaria; Que, atendiendo a lo senalado en el Oficio Nº 3072007-MML-GFC de la Gerencia de Fiscalizacion y Control, al Oficio N° 2007-07-292-MML-GF de la Gerencia de Finanzas, resulta viable que se complemente el Articulo 26° de la Ordenanza Nº 984, estableciendo adicionalmente que los pagos por concepto de costas y gastos procesales derivados del procedimiento de ejecucion coactiva de sanciones no pecuniarias se efectuen en las MORDAZA que determine la Subgerencia de Tesoreria de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el dispuesto por el Articulo 42° de la Ley Nº 27972 y la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 984; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que los pagos por concepto de costas y gastos procesales derivados del procedimiento de Ejecucion Coactiva de sanciones no pecuniarias, se efectue en cualquiera de las oficinas del Servicio de Administracion Tributaria, o mediante deposito en las cuentas que este designe; asimismo en

las MORDAZA que determine la Subgerencia de Tesoreria de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- Precisar que los pagos efectuados en virtud del presente Decreto no constituyen recursos del SAT al que hace referencia el Articulo 1° de la Ordenanza Nº 706. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 107 de fecha 19 de marzo de 2003. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 110969-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1061 Mediante Oficio Nº 2414-2007-MML-SGC-SG la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1061, publicada en la edicion del 14 de setiembre de 2007. DICE: Articulo Segundo.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el rubro correspondiente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, incorporando el procedimiento 7.a de acuerdo al detalle consignado en el Anexo adjunto. DEBE DECIR: Articulo Segundo.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el rubro correspondiente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, incorporando al procedimiento 6.4 de acuerdo al detalle consignado en el Anexo adjunto. 110967-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban procedimiento de recojo de desmonte como servicio complementario de limpieza en el distrito
ORDENANZA Nº 125/MDCH Chorrillos, 31 de agosto del 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de fecha 31 de agosto del 2007; CONSIDERANDO : Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el Desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala en sus articulos I y IV del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y representan al

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