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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (22/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2007 353905 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Crean el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 319-MDMM Magdalena del Mar, 19 de julio de 2007EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 15 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 7º de la Constitución señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el numeral 2.4 del artículo 84º de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; establece como funciones especí ficas exclusivas de las municipalidades distritales; organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, el artículo 8º de de la ley de las personas adultas mayores, Ley Nº 28803, establece que las municipalidades distritales y provinciales en coordinación con la Dirección de Personas Adultas Mayores del MIMDES, deben crear los Centros integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM). Que, el tercer párrafo del artículo 6º del D.S. Nº 013- 2006-MIMDES, Reglamento de la Ley de las Personas Adultas Mayores, establece que las municipalidades dispondrán las medidas administrativas necesarias y establecerán alianzas estratégicas para la implementación progresiva de los servicios que deben brindar los CIAM de acuerdo al artículo 8 de la Ley Nº 28803. De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, la siguiente; ORDENANZA CREAN EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR EN MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como finalidad crear el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad de Magdalena del Mar, con el objetivo de brindar una atención integral a las personas adultas mayores, para mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra comunidad, implementando para ello en forma progresiva, diversos servicios y programas. Artículo Segundo.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), se constituye en un área funcional del Departamento de Sanidad y Adulto Mayor. Artículo Tercero.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) tiene como finalidad: 1. Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los participantes. 2. Identi ficar problemas individuales, familiares o locales en general.3. Combatir y prevenir los problemas de salud más comunes en este grupo de edad. 4. Realizar actividades y prácticas de carácter recreativo e integrativo. 5. Participar en talleres de autoestima, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevención de enfermedades crónicas. 6. Otorgar especial importancia a la labor de alfabetización. 7. Implementar talleres de manufactura y desarrollo de habilidades laborales puntuales. 8. Participar en eventos sociales e informativos sobre análisis de la problemática local y alternativas de solución. 9. Promover en la ciudadanía un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores 10. Proponer soluciones a la problemática que afecta al adulto mayor. Artículo Cuarto.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) tiene como funciones: a. Brindar servicios de atención primaria en salud al adulto mayor. b. Promover actividades de cultura, esparcimiento y socialización. c. Diseñar actividades de educación y capacitación laboral. d. Fomentar todo tipo de asociaciones de adultos mayores, brindándoles permanente asesoría y capacitación para la sostenibilidad de los mismos. e. Implementar servicios de asesoría legal para la defensa de los derechos de los adultos mayores en caso de abusos y maltratos. f. Diseñar e implementar campañas permanentes de promoción de los derechos de los adultos mayores. g. Implementar el Registro Distrital de Personas adultas mayores de acuerdo a los lineamientos y formatos que para el efecto establezca el MIMDES. h. Coordinar con el Departamento de Participación Vecinal para la implementación del Registro de Instituciones y Organizaciones de personas adultas mayores. i. Establecer alianzas estratégicas con los diversos niveles de gobierno e instituciones públicas y privadas para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. j. Implementar el programa de voluntariado del Adulto Mayor. k. Coordinar con los representantes de las diferentes instituciones que agrupan a las personas adultas mayores en el distrito, para diseñar planes y programas de trabajo en bene ficio de este segmento de la población. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 151 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Magdalena del Mar, el siguiente artículo : “Artículo 110 A.- Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) Es un área funcional del Departamento de Sanidad, encargada de promover, programar, coordinar y ejecutar programas y actividades destinados a los adultos mayores, motivando su participación e inserción armónica en la familia y la comunidad, revalorizando su capacidad intelectual y manual. Está a cargo de un responsable del Centro. Son funciones del CIAM: 1. Brindar servicios de atención primaria en salud al adulto mayor. 2. Promover actividades de cultura, esparcimiento y socialización 3. Diseñar actividades de educación y capacitación laboral 4. Fomentar todo tipo de asociaciones de adultos mayores, brindándoles permanente asesoría y capacitación para la sostenibilidad de los mismos.