Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2007 (22/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

353891

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del Seguro Social de Salud
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 303-2007-CG MORDAZA, 19 de setiembre de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 155-2007-CG/SSO, resultante del Examen Especial efectuado al Seguro Social de Salud - EsSalud, periodo Enero 2006 ­ Junio 2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores, relacionados con los objetivos de la citada accion de control; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de un Examen Especial al Seguro Social de Salud - EsSalud, con la finalidad de establecer si las contrataciones y adquisiciones realizadas entre el 01.Ene.2006 al 30.Jun.2006, a traves de la exoneracion autorizada mediante la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 272-PE-ESSALUD-2006 del 03.May.2006, asi como las compras delegadas y locales de medicinas y material medico, estaban justificadas, se efectuaron en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y si permitieron a la entidad obtener bienes en la oportunidad, calidad y costos requeridos; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision de Auditoria ha determinado que, respecto a la Exoneracion Nº 0699E02401, se considero la propuesta de una empresa como base para la determinacion del valor referencial del producto "Solucion de Aminoacidos con Electrolitos al 8.5% x 500 ml.", a pesar que la misma no cumplia con el objeto de la adquisicion, y se invito a dicho proveedor como unico postor para que presente su oferta, pese a que el producto ofrecido no cumplia las especificaciones tecnicas contenidas en las Bases, siendo evaluado favorablemente y otorgandosele la buena pro, aun cuando la documentacion contenida en la propuesta tecnica presentaba inconsistencias; lo cual ocasiono que la entidad sea afectada economicamente por el valor de los medicamentos que fueron observados por el area usuaria de la Red Asistencial Rebagliati, ascendente a S/. 176 550,00, asi como por el importe de los medicamentos adicionales adquiridos a fin de cubrir las necesidades del area usuaria, ascendente a S/. 109 250,00; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Negociacion Incompatible y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 399º y 377º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 22º inciso d) de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, asi como el Decreto Ley N° 17537 y sus normas modificatorias;

Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 110814-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tapacocha para la ampliacion de reinscripcion de la seccion de Defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 793-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 12 de setiembre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 0001097-2007/SGREC/GOR/ RENIEC emitido por la Subgerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 0799-2007/GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tapacocha, provincia de Recuay, departamento de Ancash; ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 0502007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tapacocha, provincia de Recuay, departamento de Ancash; para la ampliacion de reinscripcion de la seccion de Defuncion, serie Nº 00801841 al 00801860. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tapacocha, provincia de Recuay, departamento de Ancash; a iniciar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las

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