Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2007 (22/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2007

normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo Tercero.- Atendiendo que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura " Reinscripcion ­ Ley Nº 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 110425-5

de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado San MORDAZA de Anay, asi como tambien orientara e impartira instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 110425-6

Autorizan la incorporacion al sistema registral de la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Anay
RESOLUCION JEFATURAL Nº 794-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 12 de setiembre de 2007 VISTO: el Informe Nº 001419-2007/SGREC/GOR/ RENIEC, emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 001048-2007-GAJ/RENIEC, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforman el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil; del mismo modo, la MORDAZA establece que el Jefe Nacional esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para un mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueran necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refieren los informes del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la incorporacion, al sistema registral, de la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Anay, distrito de Huacar, provincia de Ambo, departamento de Huanuco; y en virtud de ello, la delegacion de funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Anay, ejercera las funciones registrales cuya delegacion se autoriza, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de La Punta
RESOLUCION JEFATURAL Nº 795-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 12 de setiembre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 000567-2007/SGREC/GOR/ RENIEC de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 000452-2007-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de La Punta, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento de Junin. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado La Punta, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros

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